Para percibir el reintegro del 21% de las compras realizadas con tarjetas de débito del programa "Compre sin IVA", los contribuyentes deben declarar su CBU ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El Gobierno solicitará desde la página web de la AFIP a los usuarios que aclaren a qué cuenta bancaria –y tarjeta de débito– quieren vincular el beneficio.
Asimismo, al momento de informar el CBU deseado, se debe tildar la opción “Compre sin IVA” para asociar esa cuenta al programa.
Esta novedosa incorporación en la web de la AFIP es de gran relevancia porque, como medida, es compatible y acumulable con otros beneficios como promociones bancarias o Cuenta DNI –del Banco Provincia–, permite al beneficiario cambiar y elegir la tarjeta con la que puede aprovechar la mayor cantidad de descuentos. O bien, porque simplemente está habituado a utilizar esta otra cuenta.
El paso a paso para registrar el CBU y cómo elegir dónde recibir el reintegro
Todos los contribuyentes pueden visualizar su CBU declarado en la web de AFIP. En caso de no tenerlo, deben informarlo para recibir la devolución del IVA. Los pasos son los siguientes:
- Ingresar a la página web de AFIP y acceder con clave fiscal al servicio "Declaración de CBU".
- Una vez dentro, el contribuyente podrá visualizar, en el caso de corresponder, el o los CBU informados, los de terceros que se hayan vinculado y los autorizadas para realizar transacciones.
- Para agregar un nuevo CBU, el usuario debe dirigirse al listado de CBU propios y clickear en el botón "Registrar CBU". El sistema va a solicitar los 22 números de la clave bancaria y el motivo por el que se la quiere registrar: para devoluciones, Compre sin IVA, Mis Facilidades o pago de monotributo.
- Tildar la opción "Compre sin IVA".
- Por último, presionar en "Informar CBU".
- Una vez consignado el registro, la entidad bancaria deberá emitir una autorización para el uso del CBU, que será notificada a través del Domicilio Fiscal Electrónico.
En el caso de que la persona ya tenga declarada la cuenta en la que quiere recibir el reintegro del 21% (pero no está asociada al programa) debe presionar sobre el ícono del lapiz (modificar), en la columna de "Acciones" sobre la derecha, y en la ventana emergente tildar la opción "Compre sin IVA".
En este caso, no hace falta "destildar" el item en la cuenta en la que estaba vinculado el beneficio de forma predeterminada. Al registrar el nuevo CBU y asociarla al Compre sin IVA, la otra queda automáticamente desactivada para esta medida en concreto. Cabe aclarar que el reintegro se realiza sobre una sola cuenta, y no se puede asociar dos CBU al programa.
De esta manera, la persona puede por ejemplo elegir la cuenta bancaria y tarjeta de débito en donde tenga los descuentos y promociones más convenientes. Como son acumulables a "Compre sin IVA", podrán aprovechar estos beneficios y además recibir el reintegro el 21%.
Cómo hacer el reclamo por la devolución del IVA en AFIP
Para iniciar el reclamo por la no devolución del IVA es necesario entrar a la web de AFIP, completar un formulario con datos personales, CUIT/CUIL, teléfono de contacto y dirección de email. Luego, es necesario detallar los motivos del reclamo. También se puede hacer el reclamo por teléfono en la línea de Atención al Usuario (0800 999 2347).
Desde el ente recaudador aclararon que no van a admitir casos en los que:
- Los formularios no tengan la información necesaria.
- Contengan datos falsos o de dudosa autenticidad.
- No esté claro el motivo del reclamo y no se pueda establecer un contacto con el reclamante para aclarar la situación.
- Sean referidos a pedidos de resolución de procedimientos ya iniciados, sujetas a plazos específicos, antes del vencimiento del respectivo plazo.
- Reiteren reclamos o sugerencias ya atendidos.
- No estén vinculados con la competencia de la AFIP.
- Si la presentación corresponde en verdad a una denuncia. Esta debe ser efectuada telefónicamente al Centro de Atención de Denuncias, al 0800-999-DENU (3368), opción 2, de lunes a viernes de 10 a 16 horas.
- La devolución del IVA abarca a los trabajadores formales con ingresos de hasta 6 salarios mínimos, monotributistas y trabajadores de casas particulares. Además, incluye a jubilados y pensionados y a los beneficiarios de la AUH.
- Los beneficiarios deben gastar más de $108.000 en el mes para aprovechar al máximo la ayuda. La devolución del IVA está vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.