Con el patrocinio de Luciano Hazan, uno de los abogados que representa a Ramón Casco, padre de Franco, el joven muerto tras pasar por la comisaría séptima, fue apelada ayer la sentencia que dejó libres a lo 19 policías que estaban procesados por ese delito. "Al menos veinte testimonios de personas que estaban detenidas en la comisaría 7ma. desarman la historia policial. Personas que se pusieron en riesgo por contar la verdad. Explicaron que oyeron a Franco Casco gritar de dolor y pedir por su libertad desde el pequeño y nefasto lugar donde eran alojados quienes eran detenidos por averiguación de antecedentes mientras era golpeado por los policías que se encontraban de guardia. Los testimonios coinciden en la brutalidad de la golpiza, a punto de interpretar que era un pedido de auxilio. Uno de los detenidos relató que en un intervalo de la golpiza le preguntó su nombre, escuchando 'Franco' por respuesta. Otro declaró que se escuchaba que al joven lo golpeaban contra la pared hasta que se sintió un golpe seco, momento en el que cesaron los ruidos desde ese sector y al día siguiente -que era día de visita- advirtieron que esa persona ya no estaba más". Este es uno de los párrafos más críticos de la sentencia, en especial a los votos de Ricardo Moisés Vázquez y Eugenio Martínez Ferrero, ya que el restante Otmar Paulucci voto en disidencia .

Ayer el letrado presentó la apelación ante la Sala 1 de la Cámara de Casación, a través de un recurso de revocatoria. "Es por ello que el fallo que impugnamos se presenta como arbitrario dado que desconoce el alcance de estos testimonios y las condiciones en las que esas personas los prestaron, corriendo mas riegos que beneficios, y sin tener ningún interés particular en falsear la verdad. Dejar de lado o no valorar el poder real que ostenta la policía, relativizar las testimoniales de los familiares de Franco y de las personas detenidas, y exigir excesiva prueba del momento concreto de la detención realizada justamente por personal policial, es un claro acto de arbitrariedad en la valoración de la prueba" sostiene el escrito.

En su apartado número 7 del escrito de apelación los abogados sostienen que " los peritajes que fueron realizados a partir de la autopsia y las reautopsias que fueron hechas al cadáver de Franco, permitieron determinar que este había sufrido fisuras y micro-fracturas en los alvéolos dentarios con pérdida de 3 piezas y que las lesiones habían sido causadas “in vitam” (es decir mientras Franco estaba con vida).

De igualmodo en el item siguiente se sostiene que "la ausencia de plancton en los pulmones y los alveolos pulmonares, así como la ausencia de diatomeas en la médula permitieron comprobar que Franco había sido arrojado al Río Paraná cuando ya estaba muerto".

En el párrafo siguiente, se afirma que " se ha podido comprobar que los policías imputados en esta causa penal han falsificado las actuaciones policiales y han insertado y hecho insertar datos falsos en las actuaciones judiciales con el fin de mostrar que Franco fue legalmente detenido por los delitos de atentado contra la autoridad y daño y así ocultar las torturas que Franco sufriera así como su desaparición forzada seguida de su muerte".

Por eso los abogados agregan que "con posterioridad, en el presente recurso, habremos de examinar en mayor detalle los delitos que tenemos por comprobados en los hechos aquí tratados, los tipos penales que consideramos encuadran penalmente en tales comportamientos así como también las responsabilidades penales y las penas que habremos de solicitar para cada uno de los policías aquí imputados".

"De todo lo expuesto -dice el texto- surge que los funcionarios policiales antes mencionados introdujeron en el acta policial de procedimiento contenido falso, circunscribieron los hechos relatados en una intersección en la que nunca estuvo detenido ni circuló el móvil policial y además brindaron una descripción falsa de tiempo y lugar de detención de Franco Casco que permitió justificar la ausencia de testigos civiles de los hechos relatados en el acta".

"Sin embargo -aclara Hazan en su escrito- , las circunstancias antedichas que, según nuestro entender al igual que lo considerara el juez Paulucci en su voto, evidencian claramente el obrar delictivo del personal policial interviniente, fueron absolutamente soslayadas por los jueces que integraron la mayoría con sus votos, lo que así demuestra la arbitrariedad de los mismos".