Hace unas semanas el Consejo de la Magistratura (CM) sancionó a los jueces Javier Anzoátegui y Luis María Rizzi por ordenar que se investigue el accionar de médicos y de funcionarios de la defensa pública que actuaron para garantizar la interrupción legal del embarazo (ILE) de una niña víctima de abuso sexual, además de haber usado en su sentencia expresiones misóginas y contrarias al sistema normativo que garantiza los derechos humanos de las mujeres y niñas. Julieta Di Corleto, abogada defensora de la niña, habló con Página/12 sobre las repercusiones de esa sanción en su defendida, hoy ya mayor de edad, y del proceso que se hizo para acompañarla frente a la revictimización provocada por estos magistrados.
El 5 de octubre, después de casi tres años, el CM sancionó a los jueces Anzoátegui y Rizzi, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 8, con la quita del 50 por ciento de su sueldo por única vez y la obligación de hacer los cursos establecidos por la Ley Micaela -de formación para el funcionariado del Estado en perspectiva de género y violencias- cada dos años. La multa será destinada para reparar a la adolescente.
El fallo por el que los jueces fueron denunciados es del 24 de septiembre de 2020 y resolvió acerca de dos causas por las que estaba imputado un hombre: el homicidio de otro hombre y las violaciones reiteradas de su hermanastra. El Tribunal decidió condenar al acusado a la pena de treinta y cinco años de prisión, por homicidio simple en concurso real con abuso sexual con acceso carnal de una niña de 13 años, mediante violencia y amenazas, y agravado por haber sido cometido por un hermano y con armas, y reiterado. Producto de los abusos, la niña quedó embarazada y pidió interrumpir su embarazo, derecho que se le garantizó. El fallo del Tribunal dio por probados los hechos; sin embargo, el juez Anzoátegui decidió en su voto hacer un “excursus acerca de la muerte de una niña” en el que dejó plasmada toda la ideología de los grupos más conservadores y antiderechos. Comparó la interrupción legal del embarazo (ILE) con los métodos de tortura de la mafia o los rituales de las tribus antropófagas. Llamó “manual de salvajadas inhumanas” al “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” del Ministerio de Salud de la Nación. Desconoció además al llamado fallo FAL en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación despejó cualquier duda acerca de la legalidad de los abortos en las causales consideradas desde 1921 en el Código Penal (la violación es una de ellas). Además llamó “sicarios” y “asesinos a sueldo” a los médicos intervinientes en la ILE. Todo esto para terminar denunciando como delictiva toda acción tendiente a garantizar la ILE a la niña.
Di Corleto asumió la defensa de la niña desde la Defensoría General de la Nación junto con un equipo conformado además por Silvana Céspedes, Mariano Maciel luego de conocida esta sentencia.
El primer objetivo del equipo fue intentar tener una sentencia que pudiera ser leída por la niña, que quedó embarazada producto de la violación a los 14 años. “Una no sabe cuándo va a querer leer ella esa decisión, pero lo importante era que todas las manifestaciones que hacían a su revictimización, que hacían al maltrato que había recibido su madre y a la condena que estaba recibiendo una práctica que formaba parte de su derecho, bueno, lo pudiera hacer con tranquilidad. Entonces, uno de los objetivos fundamentales era que esa sección de la sentencia fuera quitada de todo registro, que no hubiera posibilidades de que estuviera…”, explicó Di Corleto.
-¿Y qué hicieron para lograr eso?
-Se hizo un recurso ante la Casación justamente para lograr la nulidad de esa parte de la sentencia. Y eso obtuvo una decisión favorable.
En mayo de 2022, la Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, integrada por los jueces Gustavo A. Bruzzone, Mauro A. Divito y Jorge L. Rimondi estableció que esa parte de la sentencia debía ser separada y archivada. Esa decisión judicial fue comunicada a la niña. “Ella, la gran preocupación que tenía también era el miedo de que lo soltaran. Ella decía, ‘yo lo que no quiero es que esté libre. Decime que le confirmaron la sentencia’”, comentó Di Corleto.
-¿En algún momento la niña vio este excursus?
-Lo que se hizo, digamos, fue explicarle, de la manera más llana posible lo que decía la sentencia. Apenas había cumplido los 18 años cuando salió la sentencia con estas barbaridades. Y eran conversaciones muy cuidadas. El agresor era su hermano. Entonces era un contexto muy delicado. Entonces, lo escribí en el lenguaje más claro posible para esa comunicación y hablé con su psicóloga, organizamos dos o tres reuniones y en esa reunión, que era por Zoom porque todavía estábamos en situación de pandemia y ella no se podía ver a la cara, digamos, la niña tenía tanta cosa que no quería que la vieran. Entonces tuvimos la comunicación así por un Zoom sin imagen y le expliqué que la sentencia contenía frases que no estaban bien, que los jueces habían dicho cosas que eran incorrectas, que tenían que ver con la investigación y con la condena, y estas son cosas que los jueces no deben hacer, que el Estado tiene que cuidarte, que tiene que cuidarte a vos, pero que tenemos que garantizar que otras niñas también puedan animarse a denunciar sin que penda sobre ellas la posibilidad de una contradenuncia. Y ella lo entendió, lo entendió bien.
--La Defensoría también presentó un pedido de juicio político contra los jueces. La demora se debió a que estaba la preocupación por las causas penales que Rizzi y Anzoategui habían pedido que se iniciaran para investigar la actuación no solo de integrantes de la Defensoría General de la Nación y del equipo médico que intervino en la ILE sino de la propia madre de la niña. Pero esas causas, finalmente fueron desestimadas. ¿Con qué argumentos pidieron el juicio político a los jueces?
-Había dos argumentos principales y después uno que se añadió, el primero tenía que ver con que era una práctica revictimizante para la niña. Entonces la imposibilidad de ella de poder leer esa sentencia por un lado y lo que representaba también como mensaje al resto de las mujeres que podemos ser víctimas de violencia sexual. Entonces había algo de una adecuada representación de la víctima y de poder denunciar que esta práctica había sido ultrajante. Nosotros lo definimos como un trato cruel, inhumano y degradante y la Ley 26485, que es la ley de protección integral, contiene un artículo específico sobre qué representa la revictimización. Lo que no podemos tolerar son prácticas invasivas, prácticas que terminan responsabilizándonos de ciertos hechos. En este caso, recordemos que los jueces habían equiparado el aborto legal a un homicidio, porque hablaban de los sicarios. Entonces esa fue la principal preocupación, poder garantizar el acceso a la justicia a esta niña y a las que vinieran después. El segundo argumento tenía que ver con lo que representaba eso como mensaje hacia médicos, asesores del Ministerio Público de la Defensa y defensores, que también, digamos, era una práctica de disciplinamiento, el establecer que cualquier colaboración para favorecer el acceso al aborto legal iba a significar una amenaza de criminalización para los operadores. Y entonces ahí también había una denuncia a los jueces por esa intervención en lo que tiene que ver con nuestra propia función. La función de los médicos, es asegurar la salud y la de nosotros es asegurar el acceso a la justicia y todas esas denuncias venían a amedrentar y avisar que de seguir haciéndolo podríamos sufrir una persecución penal. Y el tercer argumento tiene que ver con el argumento de la libertad religiosa y la falta de imparcialidad, porque en este caso en concreto la sentencia tenía una manera, un vocabulario que era muy llamativo. Era “los poderosos de la tierra” y todas estas cosas así. Consulté a una persona muy religiosa y, bueno, detectó que eran todos salmos, salmos del antiguo y del Nuevo Testamento.
-Y ahora, ¿cómo evalúan la sanción que finalmente se les dio a estos jueces, que está bastante lejos del juicio político?
-Reconocer que es una sanción baja para lo que se había pedido, que lo que se pretendía era la destitución de estos jueces. Y en eso podemos pensar que la respuesta del CM no se ajusta necesariamente a lo que había solicitado la Defensoría. Yo creo que algo interesante para rescatar de eso es la multa que se impone a los jueces, es una de las más graves dentro del marco disciplinario. Y es interesante que hayan pensado la multa como una reparación para la niña.
-¿Cómo funcionaría?
-Primero hay que ver si ellos quieran recurrir esa decisión del Consejo de la Magistratura y entonces ahí tendrían que ir a la Corte Suprema, que es la instancia de revisión de esa decisión del Consejo de la Magistratura. Y justamente tendríamos que ver cómo se instrumenta, es novedoso en este punto. La cuestión es también dar cuenta del daño moral, del daño psicológico. Yo no sé en qué medida la niña querría eventualmente someterse a una pericia si tendría sentido, pero sí la conveniencia de reconocer un daño específico para ella me parece que es muy importante. Ojalá que quede plasmado así, que se pueda hacer efectivo.
-¿Se lo dijeron a ella?
-Sí, pude hablar, está mucho mejor de lo que habían sido las conversaciones previas, estaba contenta. Dice que obviamente que le viene bien el dinero y que está conforme con esa decisión.
-Si tuviera que contextualizar la actuación de los jueces en la justicia, ¿son una excepción, son la regla?
-Yo creo que ha cambiado mucho el perfil de los jueces y juezas, pero creo que lo más fuerte que tienen estos jueces es el no disimulo. En un espectro de jueces que, por ahí pueden… no compartir tanto, digamos, o no tener tanta empatía o no manejar la causa de los derechos de las mujeres y demás, lo que tienen estos es que además lo expresan de una manera muy manifiesta. No disimulan. No disimulan.