La Cámara Federal de Casación Penal resolvió ayer que el integrante de la “patota” del Destacamento 121 de Inteligencia de Rosario, Juan Daniel Amelong, regrese a la cárcel militar U34 ubicada en Campo de Mayo. El Tribunal integrado por Gustavo Hornos, Gustavo Carbajo y Mariano Borinsky, declaró “inadmisible” el último recurso presentado por el integrante de la “patota” del Destacamento 121 de Inteligencia de Rosario. Lo llamativo es que el represor y acumula tres condenas a prisión perpetua, otra a diez años y una quinta condena por la sustracción de los mellizos Gullino. Y que ahora está encartado en etapa de instrucción por un desaparecido de La Calamita, Miguel Membrive. 

Casi como un 'deja vu', los diarios titulan hoy que "Amelong vuelve a la cárcel". Porque en rigor ya lo hicieron a mediados de setiembre de este año, cuando el 14 de setiembre la Cámara Federal de Casación Penal no hiciera lugar al recurso interpuesto por la defensa, ante una resolución que denegó el arresto domiciliario otorgado el año pasado y que el imputado mantuvo mientras estuvo sentado en el banquillo de acusados durante buena parte del juicio por la causa Guerrieri IV. En esa causa fue condenado con otros 15 exmilitares del Batallón 121, dependiente del II Cuerpo del Ejército, y con expolicías federales. En verdad ante la nueva resolución, desde Fiscalía solicitaron que se dé inmediato complimiento y que el sentenciado sea trasladado a un penal del Servicio Penitenciario Federal. Pero su defensora oficial apeló con un recurso intentando llegar ala Corte Suprema nacional, camino que le cerró ahora la Sala IV de Casación.

El nudo de la cuestión es que el 9 de octubre de 2023 la Sala IV de Casación declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la Defensa Pública Oficial asistiendo al ex teniente Amelong, contra la decisión de la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario que, con fecha 13 de diciembre de 2022, confirmó la resolución del 10 de junio de 2022 que denegaba el arresto domiciliario solicitado por la defensa del represor.

Para justificar el último rechazo los miembros de la Sala IV fundamentaron que "es requisito para acceder a la competencia extraordinaria intentada que el recurrente refute todos y cada uno de los fundamentos que dieron sustento a la decisión apelada, como así también que demuestre que la resolución que impugna sea contraria a los derechos federales invocados como fundamento de la pretensión extraordinaria interpuesta , aspectos no verificados en el sub examine".

Por otra parte agregaron que "a pesar de su invocación, no se advierte que la sustancia de los planteos en que el impugnante funda su recurso implique el debate de una cuestión federal debidamente fundada o algún supuesto de arbitrariedad que excepcionalmente permitan habilitar la instancia extraordinaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por consiguiente, de conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, el recurso intentado debe ser declarado inadmisible, sin costas".

La explicación formal del 'deja vu' de títulos periodísticos tiene también un responsable: el juez federal Marcelo Bailaque, que tiene una posición que levanta polémica: la de no dar por efectiva la detención en un penal hasta tanto no queden definitivamente firmes las sentencias, lo que coloca a un grupo de presos federales en situación de disparidad con otros reos.

Por eso en el texto que ayer distribuyó el fiscal federal Adolfo Villate se destaca un fallo del camarista Lorenzo Barbará sobre esta cuestión:  “¿qué razón podría haber para que la resolución cautelar de un juez de primera instancia sea ejecutada de inmediato y el hipotético recurso que contra ella se conceda al solo efecto devolutivo, mientras que otra idéntica, pero emitida por (…) nunca menos de dos jueces, de segunda instancia, resulte susceptible de ser suspendida en su ejecución por una articulación recursiva?”

Asimismo, recuerda Barbará que frecuentemente se interponen recursos contra la prisión preventiva, sin que ésta deje de ejecutarse “y ninguna de las partes se escandaliza”. Ahora bien, si la detención de Amelong en el Servicio Penitenciario Federal era plenamente ejecutable desde la resolución que lo dispuso, encontrándose ahora agotados los recursos ordinarios y rechazado el recurso extraordinario, debe concluirse que, además, ha adquirido firmeza. De ello se colige que no caben más excusas para el cumplimiento de lo dispuesto" dice Villatte en su escrito de ayer.

Ahora bien hay que aclarar que Amelong presentó esta medida cautelar en un expediente particular: está siendo juzgado en una causa que investiga la muerte de Miguel Membrive, un mendocino que fue asesinado y desaparecido en La Calamita con responsabilidad operativa del Ejército,  

 El expediente por el caso de Miguel Membrive está en etapa de Instrucción en la Justicia Federal de Rosario y ya en la primera semana de octubre de 2022 Lorena Membrive, su hija, fue oída por tres camaristas, vía Zoom, en el marco de la audiencia donde el fiscal Adolfo Villatte ya había solicitado que se reviera el beneficio de la prisión domiciliaria otorgada al ex teniente coronel del Ejército Amelong. "El único lugar para un genocida es la cárcel común", había remarcado Lorena, sobre una de las premisas de los organismos que luchan por verdad, memoria y justicia.

Miguel Membrive había nacido en San Rafael, Mendoza, en 1940. Cuando tenía 26 años ingresó en la Acción Católica Argentina. Se desarrollaba como obrero y agricultor. Integró el Secretariado Nacional del Movimiento Rural Argentino y participó de las ligas agrarias. En el año 1972 ingresó a la Juventud Peronista de Montoneros y en 1975 fue despedido de su trabajo y constituyó el movimiento de obreros despedidos. Ese mismo año nació Lorena. Ante la persecución, en agosto de 1976, la familia se trasladó a Rosario. Fue secuestrado, con 36 años, en la vía pública, resume una publicación del sitio lacalamita.net.ar. Según la reconstrucción del caso, pasó por ese centro clandestino de detención, que funcionó en Granadero Baigorria.