La fiscala de Derechos Humanos Claudia Geria ordenó el viernes último la apertura de un decreto de citación a audiencia de imputación en contra del personal del Servicio Penitenciario de la provincia que será acusado por vejaciones agravadas por la violencia tras mantener amarrado a la cama al obispo emérito de la Diocésis de Orán, Gustavo Zanchetta, durante su internación en una clínica privada en 2022.
La intervención de la fiscalía especializada surgió por una denuncia de los abogados defensores de Zanchetta, quien cumple una condena por abuso sexual eclesiástico en perjuicio de dos exseminaristas.
En 2022, los abogados Darío Palmier y Juan José Valdez Aguilar denunciaron las medidas de sujeción aplicadas a su defendido por constituir una violación a la normativa nacional e internacional de derechos humanos sobre tratamiento de personas privadas de su libertad.
Los defensores cuestionaron el uso de grilletes y esposas como elemento de sujeción a la cama en la clínica privada de la ciudad de Orán en donde estaba siendo asistido Zanchetta por un episodio de afección multiorgánica.
En aquel momento Zanchetta había sido trasladado de la Unidad Carcelaria 3 a la institución sanitaria por "un episodio agravante de su cuadro clínico de base -afecciones cardíacas multiorgánicas e hipertensión arterial-", recordó el Ministerio Público Fiscal. Por ese estado de salud los abogados defensores luego lograron que se le concediera la prisión domiciliaria al obispo en un monasterio (zanchetta-pidio-cumplir-prision-en-un-m).
El Ministerio Público Fiscal informó que estas circunstancias fueron oportuna y "doblemente corroboradas" por personal médico particular y del Poder Judicial de Salta.
Un profesional del Servicio Médico del poder judicial consignó que se trataba “de un paciente de alto riesgo debido a la afección multiorgánica que posee, (…) todo este tipo de patologías (aneurismas) su desarrollo es evolutivo debido a que puede ir creciendo (…) y en un pico de stress, que lleva consigo una hipertensión arterial, puede producir una ruptura del aneurisma con una hemorragia cataclísmica (…)”
La fiscalía de Derechos Humanos inició la investigación y según lo informado, reunió "elementos fotográficos", los informes solicitados al Servicio Penitenciario y otras averiguaciones. "Merituados estos elementos, entendió la fiscalía a cargo, que surgieron los elementos de sospecha conducentes para formular imputación por el delito de vejaciones agravadas por el uso de violencia, puesto que la afección a la salud que presentaba el entonces obispo, constituía un factor eminentemente predominante de riesgo, contrario a lo que dispone el manual de procedimientos de las personas privadas de la libertad ante estas afecciones que podrían agravar la salud del paciente, no amparado en ninguna causa de justificación o razonabilidad", informó el Ministerio Público Fiscal.
De este modo se anunció la apertura del proceso mediante el decreto de citación a audiencia de imputación en contra del personal del Servicio Penitenciario, aunque no se precisó cuántos serán los acusados ni los cargos que revisten.
La sujeción es inconstitucional
Por otro lado, en 2022 el abogado Juan Casabella Dávalos también denunció que el Servicio Penitenciario mantenía a su defendido Lautaro Teruel con medidas de sujeción cuando fue trasladado de la Unidad Carcelaria 1 de la ciudad de Salta a una clínica privada por problemas de salud (hlautaro-teruel-esta-internado-hace-4-meses-por-un-germen-que).
En 2023 se denunció otra situación similar por un joven de 26 años alojado en el pabellón de inimputables del Hospital Miguel Ragone que era encadenado por el Servicio Penitenciario. En ese caso el defensor oficial Nº 1 Federico Gutiérrez presentó un habeas corpus correctivo. El juez de Garantías Diego Rodríguez Pipino hizo lugar al recurso y declaró la inconstitucionalidad de ese procedimiento por violatorio de los derechos fundamentales.
El juez declaró "la Inconstitucionalidad del ítem IV. 2.1.g", referido a la "Custodia de internos en Hospitales, del Manual de Procedimientos de la Alcaidía General de la Provincia", que fue autorizado por la Secretaría de Seguridad de la Gobernación de la provincia y que permitía sujetar a personas con padecimientos mentales.
En consecuencia, Rodríguez Pipino ordenó al subsecretario de Asuntos Penitenciarios de la provincia "hacer cesar de forma inmediata la sujeción con cadenas y candados de las personas custodiadas por parte del Servicio Penitenciario alojadas en pabellones de dicho Servicio o de Hospitales".
El juez le impuso al subsecretario que coordine con los organismos correspondientes y sus superiores, "la adecuación urgente de la normativa interna vigente, contenida en el Manual de Procedimientos de la Alcaidía General de la Provincia" en lo que atañe a la custodia de internos en hospitales porque "resulta violatoria de derechos fundamentales"
Además, le ordenó al ministro de Seguridad y Justicia de Salta, el exjuez Marcelo Domínguez, que "adecue de manera inmediata, normativa interna vigente, en relación a las personas custodiadas por parte del Servicio Penitenciario alojadas en pabellones de dicho Servicio o de Hospitales, quienes cursen medidas de seguridad u otra (...), todo ello bajo apercibimiento de ley".