El ex árbitro de fútbol Martín Bustos fue condenado a la pena de 3 años de prisión condicional por el delito de grooming (ciberacoso), cometido entre mayo y junio de 2019 en perjuicio de dos adolescentes, jugadores de las inferiores de Newell's. Fue acusado por contactar "a menores de edad por medios electrónicos con el propósito de atentar contra su integridad sexual". El modus operandi que empleó el acusado, según la fiscal Vallarella, consistió en presentarse por mensajes de WhatsApp como masajista deportivo, mediante una identidad falsa para establecer contacto con las víctimas. La sentencia del juez Román Lanzón hizo hincapié en que se aprovechó de la vulnerabilidad de los jóvenes que vivían en la pensión del club. 

Bustos fue imputado luego de la denuncia que hizo el club y tras ello transitó el proceso en libertad. Según la imputación, el árbitro viajó a Rosario luego de contactar a través de redes sociales y por whatsapp a dos adolescentes de 14 y 15 años que vivían en la pensión del club.

La acusación de la fiscal de la unidad de Delitos contra la Integridad Sexual indica que el imputado "contactó mediante el servicio de whatsapp a una de las víctimas que en ese momento tenía 14 años, sabiendo que era menor de edad". Fue desde la Semana Santa de 2019 hasta hasta el 6 de junio de ese año. "Se hizo pasar por masajista deportivo bajo el nombre de Martín Lucero, y le ofreció a la víctima una sesión de masajes a cambio de 200 pesos", reza la acusación. Incluso, "le dijo que mienta en el club diciendo que iba al cumpleaños de una amiga".

Durante esa comunicación, le pidió que le pase el contacto de un compañero, de 15 años, cuyo caso también fue debatido en el juicio. La investigación dio cuenta de un modus operandi de Bustos, que usaba su nombre de pila pero no su apellido real y decía ser masajista deportivo y exjugador. 

“Tenias ganas de unos masajes? …Entonces voy a tener que ir rápido a Rosario. Jaja”; “Cuantos más se copen mejor. Así voy sumando ‘pacientes’. Jaja”; “Ustedes ya son mis amigos. Jaja”, rezaban algunos de los mensajes en los que se dirigía a los adolescentes como "crack", "ídolo".  

Cuando personal del círculo del club supo del contacto que recibieron los jóvenes, se hizo la denuncia en la Fiscalía. El árbitro fue detenido en el lugar que había programado los encuentros, en la zona del macrocentro, donde había alquilado un departamento temporal, que ni siquiera contaba con camilla para masajes. "Lejos de lucir ésta como una actividad lícita y de tinte comercial, es evidente que las intenciones de Bustos trasuntaban por otro carril", dice parte de la resolución, aunque resta conocer los fundamentos. Y agrega que "no puede pasarse por alto que al momento de la detención no se le secuestró ningún accesorio vinculado con ese oficio, sino tan solo elementos de aseo personal, vestimenta, geles íntimos y preservativos".

Además, el juez tuvo en cuenta lo planteado por la fiscalía y la querella del club en relación a la "especial vulnerabilidad" de los adolescentes, que "fue aprovechada por el acusado", que se presentaba como Martín Lucero. 

La pena también indica que deberá cumplir reglas de conducta: someterse a tratamiento psicológico, prohibición de cualquier tipo de contacto con menores de edad y prohibición de acercamiento a las víctimas y a instituciones deportivas a la que concurran menores de edad.  

En su acusación, la fiscalía y la querella sostuvieron que el objetivo de Bustos no era otro que lesionar la integridad sexual de los adolescentes. Con todo, solicitaron 4 años de pena, por lo que ahora esperan los fundamentos de la sentencia para evaluar una eventual apelación.

Además, Bustos esta acusado en otra causa similar que tramita en el Distrito Judicial de Lomas de Zamora -que no está relacionada ni fue considerada en la resolución de ayer- y por la que enfrentará otro juicio oral, acusado de formar parte de un grupo que captaba jugadores de inferiores en las redes sociales, principalmente de Independiente.