La veda electoral por el balotaje del domingo 19 de noviembre comienza a las 8 de la mañana del viernes 17 de noviembre. Desde entonces y hasta las 21 del domingo 19, tres horas después de la finalización de los comicios, hay una serie de actividades que quedan prohibidas.
Algunas prohibiciones comienzan en un momento más próximo a la apertura de la votación y otras se levantan en el momento mismo en que cierra el horario para votar.
Qué cosas están prohibidas durante la veda electoral
- Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación
- Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral
- El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Realizar actos públicos de proselitismo
- Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado
- Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votaciónQué pasa con quienes violan la veda electoral
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.
Cuándo empieza y cuándo termina la prohibición de vender alcohol
Está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 20 del día anterior a la elección hasta las 21 del día en que se celebran los comicios.
A quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.