Ni bien se conoció el fallo condenatorio del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de Salta en la segunda causa por secuestros y torturas a trabajadores de La Veloz del Norte, militantes de derechos humanos que se habían dado cita en los tribunales sobre la calle Deán Funes de la ciudad de Salta comenzaron a cantar, recordando a las víctimas del terrorismo de Estado y el compromiso con ese mandato: memoria, verdad y justicia. 

A un costado, Víctor Manuel Cobos, el denunciante que abrió los procesos de revisión de la represión en la transportista que en la dictadura pertenecía al empresario Marcos Jacobo Levin, solo atinaba a saludar. Se explicó con un salteñismo cuando le requirieron hablar: "Emocionado, pue". Enseguida se recompuso y se confesó "alegre por la justicia que tenemos". "Desgraciadamente mis compañeros ya han muerto y no pueden estar acá, pero por todos ellos, gracias", destacó. 

Las juezas Marta Liliana Snopek y María Alejandra Cataldi y el juez Abelardo Jorge Basbús acababan de dar a conocer su veredicto: por unanimidad, declararon que estos hechos constituyen delitos de lesa humanidad. Luego, con disidencias de Snopek en cuanto al grado de participación y el monto de las penas, Cataldi y Basbús condenaron a 18 años de prisión a Levin y a 16 años de prisión al ex comisario Víctor Hugo Almirón, que era jefe de la Comisaría Cuarta, donde estos trabajadores fueron alojados y torturados. Y también condenaron a 16 años de prisión a José Antonio Grueso, que era directivo de la firma y ha sido señalado como quien elaboró la lista de personas a detener. 

Cobos afirmó que este fallo ratifica que todo lo que denunció durante años "es cierto". "Aunque acá se trató de decir que todo era mentira, hemos logrado que realmente salga la luz la verdad, el daño que le han hecho a mucha gente. A muchas azafatas, a compañeros que han torturado y los han obligado a actuar en contra mía inclusive, siendo compañeros, los han obligado a mentir", sostuvo. Y se detuvo en ese recuerdo, el de la tortura en una pieza del fondo de la Comisaría Cuarta, que en la dictadura funcionó como centro clandestino de detención y torturas. "Hay que estar en el momento de la tortura" para juzgar a alguien que habla en esas circunstancias, previno.  "Realmente, cuando lo torturan uno es capaz de decir que ha matado a mil personas sin haberlo hecho, porque es terrible". Y volvió al presente del fallo: "Hemos logrado que la justicia de Salta demuestre que es una de las mejores del país porque (Levin) es el único empresario detenido, procesado y preso, aunque en domicilio, pero está preso. A nivel nacional es el único", resaltó. 

Efectivamente, en 2016, Levin fue condenado a 12 años de prisión por la detención ilegal y las torturas a Víctor Cobos. Fue el primer empresario condenado en el país por participación en el plan sistemático de represión llevado a cabo en la última dictadura cívico militar. Ese fallo fue confirmado anteayer por la Cámara Nacional de Casación Penal. Levin siguió investigado por hechos similares en perjuicio de otros 16 trabajadores de La Veloz del Norte, esta causa es la que llegó a sentencia ayer. 

Víctor Cobos también era parte de este proceso, representado por el defensor público de víctimas Nicolás Escandar, porque se juzgó a Grueso por la detención y las torturas que padeció. 

"Se hizo justicia" 

El equipo del área de derechos humanos de la fiscalía federal de Salta también celebró el fallo. "Se hizo justicia", sostuvo el fiscal general Carlos Amad. "Estamos muy emocionados en realidad porque fue duro. Fue duro este juicio, fue duro el juicio anterior, fue duro lo que pasamos", contó. Sin embargo, destacó que con el equipo de la fiscalía demostraron que "el señor Levin utilizó las estructuras asesinas del estado terrorista en ese momento, para perseguir precisamente al oponente, al enemigo, que eran personas que pensaban distinto, gente sindicalista, gente de a pie, gente común". 

En ese sentido, el fiscal valoró el fallo por el que el 1 de noviembre Casación Penal ratificó la primera condena a Levin. Dijo que fue "como un espaldarazo a lo que nosotros venimos sosteniendo, creo que la resolución de Casación no tiene desperdicio en punto a que ellos situaron todo lo que pasó exactamente tal cual nosotros lo habíamos dicho, inclusive creo que fueron hasta más allá en alguna apreciación de los hechos", sostuvo antes de afirmar que en el equipo de la fiscalía quedaron "muy conformes, muy contentos por todo esto". 

En este segundo juicio Levin fue declarado coautor de los delitos de "privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas" e "imposición de tormentos agravado por resultar las víctimas perseguidas políticas" cometidos en perjuicio de 16 personas: Juan Alberto Alonso, Carlos Lidoro Aponte, Carlos Eugenio Bais, Emilio Borquez, Norberto Borquez, Carlos Francisco Delaloye, Oscar Horacio Espeche Rodas, Sebastián Lindor Gallará, Ciriaco Nolberto Justiniano, Manuel Eugenio Modad (f), Carlos Horacio Pereyra, Aurelio Rada, Sonia Rey, Miguel Ángel Rodríguez, Jorge Arturo Romero y Rubén Héctor Vrh. 

Almirón (que en 2016 también recibió una pena de 12 años) fue condenado ahora en calidad de partícipe necesario de "privación ilegal de la libertad cometida con abuso funcional agravada por mediar violencia y amenazas" e imposición de tormentos agravado porque las víctimas eran perseguidas políticasa, en relación a las mismas personas, en relación a estas 16 personas. 

Y Grueso fue condenado en calidad de partícipe necesario de "privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y por su duración de más de un mes" en relación a Cobos. Y de la "privación ilegal de la libertad agravada por haberse cometido con violencia y amenazas" en perjuicio de las 16 personas.

El Tribunal también dispuso mantener la prisión domiciliaria de Levin, Almirón y Grueso, "hasta que la presente sentencia quede firme". 

La discusión sobre la prescripción

La audiencia de ayer comenzó con el alegato del defensor oficial Federico Petrina, que asistió al ex comisario Almirón. 

El defensor insistió en que las detenciones de los trabajadores de La Veloz del Norte fueron dentro del marco legal de la época y que las torturas fueron "excesos cometidos en el ejercicio de las funciones policiales", y estarían prescriptas, por lo que pidió la absolución del ex jefe policial. E insistió sobre las amplias facultades que tenía por entonces la Policía de la provincia, y la obligación que tenía de actuar frente a la presentación de una denuncia como había hecho Levin, que acusó formalmente por fradue a algunos trabajadores de su firma. 

Petrina aseguró que la Policía no tenía "ninguna opción" más que actuar frente a la denuncia. Esta afirmación le valió la respuesta del fiscal Amad: "La Policía tenía opción. La opción de no torturar, de no detener ilegítimamente a las personas", aseguró. 

El defensor también trató de minimizar el rol de sindicalista que tuvo Cobos como delegado gremial de la UTA. Y aseguró que Levin no tenía necesidad de denunciar y hacer detener a sus trabajadores porque tras el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 se abolió toda protesta laboral. 

El fiscal recordó en este sentido que la persecución fue contra personas que pensaban distinto a lo que el régimen dictatorial representaba. Estamos aquí gracias a la Constitución, aseguró Amad. Y les habló a las juezas y el juez: "Después de tantas cosas que se han dicho sobre esta causa", "deben hacer justicia aunque el mundo perezca".