Por unanimidad, en la Cámara de Diputados de Catamarca, se aprobó un proyecto de ley que busca que aquellos empleados o funcionarios condenados por hechos de violencia por razones de género no puedan continuar en sus puestos de trabajo. Como contraparte, ofrece el empleo vacante a las sobrevivientes, previo cumplir una serie de requisitos.
El proyecto, presentado por presidenta de la Cámara, Cecilia Guerrero parte en su artículo primero de “considerar a la violencia de género como una ofensa a la dignidad de las mujeres y diversidades y una violación grave a sus derechos humanos”. Además se hizo en conjunto con la Comisión de Género del Colegio de Abogados y Abogadas.
En sus argumentos, Guerrero explicó: “Creemos que con esta iniciativa parlamentaria, de convertirse en ley, estaríamos dando un mensaje contundente a la ciudadanía en general, y a los funcionarios y empleados públicos en particular, de que el Estado Provincial, siendo consecuente con la prioridad política de prevenir, erradicar y sancionar la violencia de género establecida en la Ley 5434, no permitirá ni avalará que ninguno de sus agentes, en cualquiera de sus jerarquías, incurran en actos de violencia contra las mujeres, sin poner en marcha los mecanismos institucionales necesarios para sancionar tan grave afrenta a la dignidad humana”.
En su articulado, la iniciativa expone que los hechos de violencia de género cometidos por funcionarios, empleados y agentes del Estado Provincial, de los tres poderes en los que se encuentra dividido el Gobierno de la Provincia, sea que se produzcan en el ámbito de sus relaciones personales, familiares o laborales, constituyen –a los efectos de la presente ley- conducta indecorosa e indigna de la consideración y confianza que su estado oficial exige, y resultan incompatibles con el acceso, ejercicio y permanencia en la función pública.
Durante la sesión precisaron que estos impedimientos también se harán extensivos a gobernador y vice, legisladores, intendentes y concejales.
En tanto, establece que son impedimentos para ingresar o permanecer y ejercer como funcionarios o empleados de la Administración Provincial, “registrar condena, con sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada emanada de autoridad judicial competente, por delitos cometidos en contexto de violencia de género, delitos agravados por violencia de género, y delitos contra la integridad sexual”. También “haber sido declarado Agresor de Violencia Familiar o de Género, en los términos del artículo 62° de la Ley 5434, por sentencia dictada por autoridad judicial competente en sede civil”.
Por último establece que en caso que un empleado o agente público fuera cesanteado o exonerado de la Administración Provincial, tendrá derecho a ingresar mediante relación de empleo público, la persona que hubiese sido la víctima del delito cometido por el agente o empleado cesanteado o exonerado siempre que, en forma concurrente, se cumplan las siguientes condiciones: La persona víctima de violencia fuera mayor de edad; cumpla con el requisito constitucional de idoneidad y carezca de medios de vida propios, o teniéndolos, fueran manifiestamente insuficientes.
El proyecto que ya había sido presentado en otro momento, esta vez tuvo el apoyo unánime de la Cámara, por lo que pasó a Senadores para su tratamiento y posterior resolución.