Los Veteranos de la Guerra de las Islas Malvinas recibieron este jueves una medida de reparación histórica: desde hoy, las pensiones honoríficas de los excombatientes son hereditarias y sus convivientes e hijos son los “legítimos herederos”, más allá de su edad. El anuncio, oficializado por el Gobierno en el Boletín Oficial, se da tras las polémicas declaraciones del libertario Javier Milei y sus reivindicación a la figura de Margaret Thatcher.
La medida fue anticipada ayer por el ministro de Economía Sergio Massa, en un acto en el Puerto de Buenos Aires en donde se dio inicio a la campaña antártica 2023/2024 con el comienzo de la carga de abastecimiento del buque rompehielos Almirante Irizar.
Allí, el candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), aseguró que la iniciativa busca “garantizar no solamente honrar la memoria de los héroes de Malvinas, sino que el derecho ganado en combate sea respetado en términos hereditarios para todas sus familias”.
Quiénes pueden cobrar la pensión hereditaria de los excombatientes
A los "derechohabientes" de los Veranos de Guerra del Atlántico Sur -beneficiarios de las pensiones instituidas por la Ley 23.848, sus modificatorias y complementarias- “no les regirá la limitación de edad contemplada” hasta ahora, “resultando asimismo indiferente su estado civil a los fines de establecer su condición”.
El universo de beneficiarios está definido por el inciso e) del artículo 53 de la Ley 24.241, que regula a su vez el sistema de jubilaciones y pensiones argentino. Allí se define que, en caso de muerte del jubilado, del beneficiario de retiro por invalidez o del afiliado en actividad, gozarán de pensión los siguientes parientes del causante:
- La viuda
- El viudo
- La conviviente
- El conviviente
- Los hijos solteros, las hijas solteras y las hijas viudas siempre que no gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda la presente, todos ellos hasta los dieciocho (18) años de edad.
Con la modificación actual, esta última restricción respecto a la edad, que disponía un tope en los 18 años, queda eliminada.
“A falta de viuda, viudo o conviviente con derecho a ellas y de otros hijos u otras hijas menores o con discapacidad, a partir de los 18 años, los hijos y las hijas del causante participarán en la percepción del beneficio de la mencionada Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur”, aclara el DNU.
La ley establece, por otra parte, que en caso de no existir derechohabientes (viudos, viudas, convivientes, hijos e hijas), el beneficio de la pensión lo recibirán “los padres incapacitados para el trabajo y a cargo del causante a la fecha de su deceso, siempre que no gozaren de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión correspondiente a los Veteranos de Guerra”.
Desde cuándo rige la medida
La iniciativa es de aplicación inmediata al momento de su promulgación en el Boletín Oficial, por lo que rige desde hoy, jueves 16 de noviembre. El Decreto 595/2023 llevó la firma del presidente Alberto Fernández y los ministros del Gabinete nacional.
No obstante, el documento también prevé que la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación tiene la potestad de pronunciarse respecto de la validez o invalidez del decreto, así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de 10 días hábiles.
Cuánto cobran por la pensión los héroes de Malvinas
Conforme a la Ley 23.848, sus modificatorias y complementarias, el monto de la pensión honorífica para los Veteranos de Malvinas equivale a tres haberes mínimos de las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) –hoy Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)–.
En septiembre de 2023, con el aumento trimestral del 23,29% en las prestaciones, el haber mínimo alcanzó los $87.460. En tanto, la pensión de los excombatientes corresponde actualmente a $262.380.
En el decreto que extiende el beneficio de forma hereditaria, se recuerda que los derechohabientes de los beneficiarios, incluidos los padres que reúnan los requisitos, reciben el 100% del beneficio correspondiente al Veterano de Guerra, “determinando las proporciones en las que participarán cada uno de ellos en su percepción”.
Cómo tramitar la Pensión Honorífica de Veteranas y Veteranos de Guerra
Quienes fueron soldados combatientes conscriptos y participaron en acciones bélicas efectivas de combate o fueron civil en funciones en el conflicto del Atlántico Sur, pueden tramitar la Pensión Honorífica de Veteranas y Veteranos de Guerra. Para hacerlo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- DNI original
- Constancia de condición de veterana/o de guerra extendida por la fuerza a la que perteneció y certificada por el Ministerio de Defensa (validez de 30 días)
- Certificado de antecedentes penales (validez de 5 días)
- Si residís en Zona Austral y tu domicilio no coincide con el documento, constancia de domicilio actualizado, certificado policial o boletas de servicios
- Formulario PS.6.284 - “DD.JJ sobre la eventual Percepción de Prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad”
Después de reunir toda la documentación correspondiente, es necesario pedir un turno en la oficina de Anses más cercana y asistir al turno con la documentación completa.