Los resultados del conteo en el escrutinio de Sarmiento, San Juan

Total Nacional

Javier Milei, de La Libertad Avanza, ganó elbalotaje de las Elecciones 2023y será el presidente de la Argentina a partir del 10 de diciembre. Derrotó por más de 10 puntos aSergio Massa, de Unión por la Patria.

Mapa resultados

Milei presidente: por cuánto ganó y el mapa de resultados de las Elecciones 2023, provincia por provincia

Veda electoral

En Argentina, el artículo 71 del Código Nacional Electoral prohíbe "actos de proselitismo público" y "publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre". Es decir, recién a las 21 de ese domingo es legal difundir números.

¿Cuándo hay balotaje o segunda vuelta?

Los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional establecen que un candidato se convierte en Presidente en primera vuelta sólo cuando obtiene más del 45% de los votos afirmativos en esa elección, o al menos el 40% de los votos y una diferencia porcentual mayor a 10 puntos respecto al candidato que saliese segundo.

En tanto, la Carta Magna prevé que, si no se cumple alguno de esos requisitos, debe realizarse una segunda vuelta, también conocida como balotaje, en donde participan las dos fórmulas más votadas en primera vuelta. Es decir, quien salió primero y quien salió segundo.

¿Cuáles son los diferentes tipos de votos

  • Voto válido: Es el emitido mediante boleta oficializada aun cuando tuviere tachaduras de candidatos/as, agregados o sustituciones (borratina), siempre que el encabezado se encuentre intacto. Si un mismo sobre contuviera dos o más boletas oficiales del mismo partido y categoría de candidatos, solo se computará una de ellas, y se destruyen la o las restantes.
  • Voto afirmativo o positivo: Es la expresión de la voluntad política de los/as electores/as dirigida a favor de una agrupación política en una categoría determinada, y que se manifiesta mediante boleta oficializada.
  • Voto nulo: Se considera voto nulo el emitido mediante boletas no oficializadas, boletas que no contengan, por lo menos, el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir y los que se realicen con una boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier naturaleza, salvo los supuestos de voto válido. También es considerado nulo si en el sobre junto con la boleta se encuentran objetos extraños.
  • Voto recurrido: Es aquel cuya validez o nulidad fuere cuestionada por el/la fiscal presente en la mesa. En este caso, el/la fiscal deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta.
  • Voto de identidad impugnada: Es aquel emitido por un elector cuya identidad fue cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. Este tipo de voto se contabiliza, pero no se escruta, sino que se envía cerrado a la Justicia Nacional Electoral para que ésta decida sobre su validez o nulidad.

¿Es obligatorio votar?

El voto es obligatorio. Quienes no cumplan con esa disposición deberán justificar por qué no fueron. Aquellos que no lo hagan deberán pagar una multa.

Están habilitados para votar los 36 millones de electores que figuran en el padrón electoral y pueden hacerlo con cualquiera de los documentos permitidos para sufragar.