Total Nacional
Javier Milei, de La Libertad Avanza, ganó elbalotaje de las Elecciones 2023y será el presidente de la Argentina a partir del 10 de diciembre. Derrotó por más de 10 puntos aSergio Massa, de Unión por la Patria.
Mapa resultados
Milei presidente: por cuánto ganó y el mapa de resultados de las Elecciones 2023, provincia por provincia
Qué muestran los mapas interactivos de Página/12
En los mapas interactivos de Página/12 se reflejarán en tiempo real los votos del balotaje que define quién será el próximo presidente. Las diferentes vistas permiten ver el reparto de sufragios entre Sergio Massa y Javier Milei en cada distrito del país.
Por qué hubo balotaje
Sergio Massa y Javier Milei fueron a un balotaje porque en las generales del pasado 22 de octubre se dio el escenario de segunda vuelta que plantea la Constitución. Los artículos 97 y 98 de la Carta Magna establecen que el presidente y el vicepresidente de la Nación resultarán electos siempre y cuando obtengan más del 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos o cuando superen el 40% y le saquen una diferencia mayor a 10 puntos porcentuales respecto del total de los sufragios conseguidos por la fórmula que queda en segundo lugar.
Si no se cumple ninguno de esos dos requisitos, se prevé la realización de la segunda vuelta, en la que solo participan las dos fórmulas con mayor cantidad de votos en la primera instancia de los comicios generales.
En esa instancia, la dupla que obtenga la mayor cantidad de votos afirmativos válidamente emitidos –sin importar cuál sea la diferencia con la otra fórmula– será la ganadora y sus candidatos resultarán electos como presidente y vice.
¿A qué hora se publican los resultados del balotaje 2023?
Los primeros resultados del balotaje presidencial 2023 se conocen a partir de las 21 del domingo 19 de noviembre, tres horas después del cierre de los comicios. Se toman como base los resultados informados por cada presidente de mesa al Ministerio del Interior mediante un telegrama.
El telegrama de escrutinio es confeccionado por el presidente de mesa, contiene todos los detalles de los votos contados en esa mesa y lleva la firma de las y los fiscales de las agrupaciones intervinientes.
El conteo que se hace ni bien cierran las mesas no tiene validez legal ni sirve para proclamar a los representantes electos, pero permite conocer la tendencia de la votación a pocas horas del cierre de los comicios y brindarle información a la ciudadanía. Esta tarea la lleva adelante la Dirección Nacional Electoral (DNE).
En tanto, el escrutinio definitivo sí tiene validez legal y establece quiénes son los candidatos electos a los cargos en disputa. Es aquel que hace la Justicia Nacional Electoral.
Comienza 48 horas después de la finalización de las elecciones, se realiza a partir de las Actas de Escrutinio de cada mesa, y es el que produce los resultados de la elección a partir de los cuales se distribuyen los cargos en juego. Asimismo, a diferencia del provisorio, el definitivo abarca todas las mesas habilitadas para la elección.
¿Cuáles son los diferentes tipos de votos
- Voto válido: Es el emitido mediante boleta oficializada aun cuando tuviere tachaduras de candidatos/as, agregados o sustituciones (borratina), siempre que el encabezado se encuentre intacto. Si un mismo sobre contuviera dos o más boletas oficiales del mismo partido y categoría de candidatos, solo se computará una de ellas, y se destruyen la o las restantes.
- Voto afirmativo o positivo: Es la expresión de la voluntad política de los/as electores/as dirigida a favor de una agrupación política en una categoría determinada, y que se manifiesta mediante boleta oficializada.
- Voto nulo: Se considera voto nulo el emitido mediante boletas no oficializadas, boletas que no contengan, por lo menos, el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir y los que se realicen con una boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier naturaleza, salvo los supuestos de voto válido. También es considerado nulo si en el sobre junto con la boleta se encuentran objetos extraños.
- Voto recurrido: Es aquel cuya validez o nulidad fuere cuestionada por el/la fiscal presente en la mesa. En este caso, el/la fiscal deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta.
- Voto de identidad impugnada: Es aquel emitido por un elector cuya identidad fue cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. Este tipo de voto se contabiliza, pero no se escruta, sino que se envía cerrado a la Justicia Nacional Electoral para que ésta decida sobre su validez o nulidad.