La Justicia rosarina declaró la nulidad de un contrato entre el banco Galicia y una mujer a quien le crearon una caja de ahorro, con asignación de tarjetas de crédito y débito, que no pidió, y generaron deuda. La directora de una firma dedicada al rubro agrícola ganadero firmó con la entidad bancaria un contrato de apertura de una caja de ahorro y tarjetas para uso de la empresa, pero el banco se asignó otra cuenta personal. El juez Marcelo Quaglia ordenó al banco abonar 10 mil pesos, en concepto de "indemnización de las consecuencias no patrimoniales".
Todo comenzó el 3 de noviembre de 2010, cuando la mujer suscribió
un contrato de apertura de caja de ahorro, tarjeta de débito y tarjeta de crédito, con el banco, para la firma que dirigía. En la demanda expresó que "además del contrato a nombre de la empresa, firmó otro tanto de documental en el que le creaban una caja de ahorro, tarjeta de débito y crédito a título personal, sin que ello fuere su espíritu o voluntad, situación de la que se entera al apersonarse en el banco para averiguar las razones y circunstancias de la deuda que se le reclamaba y por la que había sido denunciada como deudora", dice el fallo.
En contra de los principios elementales de la buena fe y de la La resolución el juez en lo civil y comercial 14ª ratificó la aplicación de la ley de defensa del consumidor en las operaciones financieras. En ese sentido, consideró que está acreditado que el banco no brindó la debida información al momento de la firma de la documentación.