La jueza en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires Andrea Danas rechazó la medida cautelar que pedía la suspensión de la reforma educativa Secundaria del Futuro para 2018 por falta de información pública sobre el proyecto y ausencia de un debate participativo de la comunidad educativa. La jueza resolvió, además, integrar el proceso con todas aquellas personas que tengan interés jurídico y dio un plazo de diez días para que se presentaran en el expediente. La medida cautelar había sido impulsada el miércoles por los asesores tutelares Gustavo Moreno y Mabel López Oliva, quienes, según adelantaron a PáginaI12, apelarán el fallo. “La jueza afirma que los estudiantes participaron de encuentros para discutir la reforma, pero en ninguna de las reuniones que nombra se pudo discutir realmente porque no había información oficial de cómo iba a ser la Secundaria del Futuro”, señaló a este diario Moreno.

En el texto de la resolución emitida ayer por la jueza figura que los argumentos de Moreno y López Oliva fueron que la reforma “no cuenta con respaldo normativo alguno que describa los motivos, fundamentos y alcances de su implementación”, y que “al día de hoy (26 de septiembre) sigue siendo imposible para los estudiantes acceder a una información clara, completa, veraz, adecuada y oportuna que permita analizar seriamente esta modificación educativa y, en consecuencia participar y ejercer el derecho a ser oídos”. 

Sin embargo, Danas resolvió que “no surgiría acreditada la omisión endilgada a la parte demandada, en principio, en tanto del propio texto de la demanda se desprendería que se han realizado varias reuniones en forma conjunta entre el Ministerio de Educación y los estudiantes (audiencias celebradas el 12/9/17, 15/9/17 y 20/9/17), a la vez que se encontraría abierto un espacio de diálogo propuesto por el organismo estatal en lo sucesivo”, apunta el fallo, y agrega que, por estas razones, “los derechos que se invocan no se encontrarían prima facie y hasta el presente, vulnerados”. La resolución luego agrega que “dada las circunstancias de autos y advirtiendo que la implementación de la ‘Secundaria del Futuro’ está programada para marzo del año 2018, la pretensión cautelar no se presenta como una medida necesaria para preservar el derecho de los/as adolescentes a ser oídos y compatibilizar los intereses públicos puestos en juego, en tanto en el presente los estudiantes estarían siendo oídos con carácter previo a la implementación de la reforma”.

En diálogo con PáginaI12, Moreno advirtió que “hay muchos errores en los considerandos”, y que la resolución le parecía “muy arbitraria”. “La jueza afirma que los estudiantes participaron de encuentros para discutir la reforma y hasta nombra algunas reuniones, entre ellas la audiencia del 20 de septiembre en la Defensoría del Pueblo. Sin embargo, en ninguna de las reuniones que menciona se discutió sobre el contenido de la reforma porque no había ninguna información oficial sobre cómo iba a ser, como lo reconoció la propia Soledad Acuña cuando ese día se comprometió a publicar información sobre la reforma”, señaló el asesor. Luego de la reunión en la Defensoría, los estudiantes firmaron el acta en disconformidad porque no se les permitió hablar a los padres, madres y docentes que estuvieron presentes, y debido a que consideraron que la ministra no les contestó ninguna de las preguntas puntuales que le hicieron. “Recién después de la reunión en la Defensoría el Ministerio subió un documento oficial, antes no había información para debatir. De todas formas, la información en el documento sigue siendo muy pobre”, agregó el asesor.  

Entre las falencias que tiene el archivo subido el 20 de septiembre en la página del Ministerio, Moreno destacó que “todavía no se sabe cuáles son las 17 escuelas en las que se aplicaría la reforma el año que viene”. Por otro lado, destacó que “en el último año va a haber prácticas preuniversitarias o terciaras obligatorias, por un lado, y prácticas educativas, lo que antes decían que eran prácticas laborales, que no aclara si serán obligatorias”. A partir de este dato el asesor aclaró que “las prácticas educativas ya están establecidas en el artículo 2 de la Ley 3514 de Prácticas Educativas Preprofesionales de la Ciudad, en donde se explicita que no son obligatorias”. Esta ley fue aprobada por la Legislatura en 2010 y al siguiente año el decreto reglamentario 586 fue firmado por el entonces jefe de gobierno, Mauricio Macri. 

El artículo 2 de la ley, como indicó Moreno, afirma que “se entiende como Práctica Educativa Preprofesional al conjunto de actividades formativas desarrolladas en ámbitos de trabajo, que tienen carácter educativo, no obligatorio y que son realizadas por estudiantes de los dos últimos años”. Para el asesor esto demuestra que “hay un desconocimiento total de la ley por parte del Ministerio”, y una “contradicción evidente con la ley que su propio gobierno firmó”. “Si quieren poner prácticas obligatorias tienen que pasar por la Legislatura, son cuestiones constitucionales básicas”, apuntó luego. 

Más allá del debate previo a la presentación de la medida cautelar, la jueza sostiene en la resolución que la ministra abrió nuevos canales de diálogo con los estudiantes para lo que resta del año, en función de las ocho reuniones regionales a las que se comprometió durante la reunión en la Defensoría. Moreno consideró que el tiempo que resta antes de la fecha en la que se implementaría la reforma es insuficiente para tener una discusión “seria y amplia, con todos los actores relevantes participando”. “No podemos convalidar en un mes y medio una discusión sobre esta reforma, se necesita más tiempo”, aseguró. 

Informe: Juan Funes.