La Justicia de Familia ordenó que un hombre debe pagar 78 mil pesos a su ex pareja, en concepto de tutela anticipada provisoria, por haber ejercido violencia económica tras el divorcio. El demandado tiene prohibido acercarse a la mujer. El matrimonio se extendió por 25 años, hasta 2012. La mujer denunció que no percibía la cuota alimentaria por las dos hijas de la pareja. En el caso, existió un "ocultamiento del patrimonio real" de parte del demandado.

La jueza Valeria Vittori consideró que se "advierte una posición dominante, una relación desigual de poder por parte" del hombre con respecto de su ex esposa, "la cual afecta su integridad física y económica‑patrimonial", tal cual establece -además- la ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Vittori amplió que a partir del relato del hombre "se desprende una visión de mujer estereotipada que restringe su libertad, su capacidad, su desarrollo, cercenando el derecho de toda mujer a elegir libremente y tener una vida digna de acuerdo con sus principios y valores".