Por unanimidad la Cámara de Diputados de Catamarca otorgó media sanción al proyecto de ley que busca reglamentar los artículos 73°, 80°, 133° y 250 de la Constitución Provincial que hablan sobre la reelección de gobernadores, intendentes y legisladores con el objetivo de “asegurar el pluralismo político, la alternancia, y proteger el sistema de frenos y contrapesos que refuerzan la separación de poderes”.
La iniciativa había sido anunciada por el gobernador Raúl Jalil después de las elecciones de octubre. Allí planteó que la Constitución habla de reelección pero no sobre que éstas puedan ser indefinidas. Para él “Ocho años son suficientes para el ejercicio del poder en el Ejecutivo”, por eso planteó también la necesidad de que ya no existan intendentes que estén “20 años en el Poder”, reglamentando los artículos necesarios de la Constitución a través de un proyecto de ley, ante la falta de consenso con la oposición para realizar una reforma de la Constitución.
El miembro informante de la iniciativa fue el diputado Gustavo Aguirre (Frente de Todos), quien explicó que la iniciativa propone establecer límites a la reelección, asegurando que sea por un período consecutivo.
El legislador rescató el gesto democrático del Gobernador al presentar la propuesta y autolimitarse en la posibilidad de presentarse como candidato de manera indefinida, promoviendo la alternancia democrática y la renovación dirigencial en la política. Durante el debate, Tiago Puente (UCR-JxC) celebró la discusión del proyecto, resaltando que pone fin a las reelecciones indefinidas e instó a que la ley sea promulgada antes del 10 de diciembre. Cristina Gómez, (UCR-JxC) expresó su apoyo al proyecto, destacando que busca garantizar la democracia representativa y afirmó su oposición a las reelecciones indefinidas.
A su turno, Natalia Herrera (UCR-JxC) argumentó que la permanencia indefinida en el cargo desvirtúa la idea de un Gobierno limitado en el tiempo. Aunque apoyó el proyecto, señaló que hubo respaldo a reelecciones indefinidas en el pasado. Silvana Carrizo (UCR-JxC) resaltó que Catamarca ha sido testigo de la perpetuación en el poder y abogó por la limitación de las reelecciones. Consideró que el proyecto es razonable y necesario para promover la alternancia en el poder. Luego, Mónica Zalazar (FT) valoró la importancia de la iniciativa para establecer límites a las reelecciones mientras que Luis Lobo Vergara (UCR-JxC) expresó que se encontraba en una disyuntiva ya que respaldaba la iniciativa pero también se abría la posibilidad de que el proyecto sea inconstitucional. Además, consideró que podría servir como acto preexistente para una futura reforma constitucional.
Por su parte, Adriana Diaz (FT) consideró que la ley interpreta la voluntad mayoritaria de la sociedad y sugirió que el proyecto sea el puntapié inicial para una futura reforma constitucional.
Claudia Palladino (FT) destacó la trascendencia institucional del proyecto y abogó por la urgencia de la reforma constitucional. A su turno, la presidenta de la Cámara Cecilia Guerrero (FT) coincidió con los legisladores y legisladoras que plantearon que se impone con urgencia la necesidad de la reforma constitucional “quizás para dotar de una jerarquía normativa superior a esta decisión política que hoy estamos instrumentando bajo la forma de ley”.
El proyecto
El proyecto denominado: “Aclaración funcional de los artículos 73°, 80°, 133° y 250° de la Constitución Provincial”, expresa, entre otras fundamentaciones, que la facultad de reglamentar o restringir los derechos políticos es posible siempre que las injerencias no sean abusivas o arbitrarias, por lo que deben estar previstas en la ley, perseguir un fin legítimo y cumplir con los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
“Conforme surge de la propia lectura de los artículos transcriptos precedentemente, no se establece allí que la reelección sea indefinida o ilimitada. Si bien tampoco se establece una limitación a dichas reelecciones, lo cierto es que los derechos reconocidos por la Constitución Provincial no son absolutos, sino que están sometidos a las leyes que reglamenten su ejercicio y deben además seguir los lineamientos de la Carta Magna Nacional, así como de los Tratados y Convenciones Internacionales de Derechos Humanos, con jerarquía constitucional a los cuales nos hemos sometido conforme el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional”.