La Comisión Nacional de Valores dispuso este jueves una nueva norma para reducir la volatilidad financiera, al tiempo de frenar operaciones elusivas. El organismo dispuso que las divisas deban transferirse a una cuenta de un beneficiario final y no a la cuenta de un bróker en caso de operaciones en el exterior.

Por su parte, se aclaró que la normativa libera la operatoria vía bonos para que las emisoras (empresas) que tengan cotización en el exterior puedan pagar a los tenedores de las acciones del exterior (ejemplo, un inversor que tiene ADRs en el exterior, puede recibir sus pagos dolarizados). También se libera la transferencia de títulos para inversores en el exterior.

A su vez, la CNV dispuso que cada uno de los clientes en el exterior - personas humanas o jurídicas- que posean códigos de identificación y que no revistan el carácter de intermediarios radicados en el exterior regulados por Comisiones de Valores u otros organismos de control, deberán constatar que las operaciones a ser realizadas por dichos clientes son para su propia cartera y con fondos propios y que el volumen operado diario no supere el importe de 100.000.000 de pesos.

Dicho límite diario no será de aplicación para realizar transferencias de valores negociables -emitidos por residentes- a entidades depositarias del exterior. En todos los casos, tales Agentes deberán remitir a la CNV con cinco días hábiles de antelación, información vinculada con el tipo de operación, los montos involucrado, las especies e instrumentos de inversión involucrados. Desde la Comisión de Valores se muestran activos para evitar maniobras opacas y elusivas.