Ante la falta de insumos para confeccionar las chapas patentes de los autos -que la realiza la Casa de la Moneda-, la Dirección del Registro Nacional de la Propiedad Automotor (DRNPA) decidió extender el uso de las patentes de papel.
A través de una resolución, la DRNPA extendió más allá de los 30 días fijados el permiso a circular con matrículas provisorias de papel a las personas que pidieron la reposición de la patente. En tanto, se normalice la entrega de las chapas oficiales.
La medida fue notificada a los miembros de las Fuerzas de Seguridad nacionales y provinciales, así como también de la Administración Nacional de Aduanas, con el objetivo de evitar contratiempos.
Qué establece la resolución
La resolución es del 24 de noviembre. La misma dice que la Casa de la Moneda "en su carácter de proveedora de ese elemento registral, ha manifestado tener dificultades en lo inmediato para regularizar la provisión de los pedidos realizados por las distintas oficinas registrales",
Por lo cual, "las placas provisorias de papel entregadas a los usuarios con un plazo de treinta días, resultan prorrogables mientras el Registro no entregue las definitivas, y mantendrán validez para circular en la vía pública que las placas metálicas".
La extensión de los plazos es solo para quienes piden la renovación. Los dueños de autos O km aseguran que la petente se despinta al lavar el vehículo, por lo que tuvieron que pedir una nueva.
Cómo se realiza el trámite
Para hacer el trámite ante el Registro hay que sacar turno a través de la página web del DRNPA.
Para las nuevas patentes del Mercosur que se despintan, por ser una falla de origen, se entrega otro juego original. Pero también deben reponerse las cédulas verdes y azules correspondientes.
Para iniciar el trámite, el propietario del auto debe presentarse con su DNI, el título y la cédula verde del vehículo. Luego de hacer el pago, debe regresar a las 24 horas y presentar las chapas dspintadas, y a cambio recibe dos patentes provisorias de papel: una para pegar en el parabrisas y otro, en la luneta del vehículo para poder circular.
Qué dice la Ley de Tránsito
El artículo 40 inciso e) de la ley nacional de tránsito dispone que todos los vehículos deben tener colocadas las placas de identificación de dominio, y que éstas tienen que ser legibles de tipos normalizados y sin aditamentos.
No se aclara de qué material deben ser confeccionada, aunque por una cuestión de durabilidad se utilizan las de chapa.
Una patente que no se lee con claridad porque tiene un número o una letra desgastada está por fuera de la ley; y el titular circula en infracción.
La multa por circular sin patente o con la misma adulterada tiene un costo de 1000 Unidades Fijas. En la Ciudad de Buenos Aires, equivale a $146.660. En la Provincia de Buenos Aires, a $290.000.