El Tribunal Oral Federal de La Rioja dictaminó condena de prisión perpetua, con cumplimiento efectivo en prisión, para exalférez Eduardo Britos, único imputado en la causa por crímenes de lesa humanidad contra presos políticos y por el homicidio del dirigente campesino Wenceslao Pedernera, delitos perpetrados durante el terrorismo de Estado. Entre los delitos por lo que se lo condena se encuenta el homicidio del dirigente campesino Wenceslao Pedernera, así como una serie de cargos contra 42 víctimas por privación ilegítima de la libertad, tormentos, allanamientos, asociación ilícita y delitos sexuales.
La fiscal federal María Virginia Miguel Carmona destacó la persecución concentrada en la figura de monseñor Angelelli y aquellos vinculados a él: "La persecución, tortura y asesinato de diferentes personas en La Rioja tuvo la particularidad de centrarse con encono en la figura del obispo Monseñor Angelelli y las personas relacionadas con él". Carmona resaltó el clima de persecución constante y la brutalidad sin distinción de género ni edades que caracterizó los actos de violencia.
Testimonios de más de 60 personas durante el juicio resaltaron el cambio en el trato hacia los detenidos en el Instituto de Rehabilitación Social (IRS) cuando Britos asumió el mando, describiendo un infierno de abuso de poder y tortura. Las actuaciones documentadas confirmaron la presencia regular de Britos en los calabozos, confirmando los relatos de testigos.
El Tribunal Oral Federal integrado por José Camilo Quiroga Uriburu, Mario Eduardo Martínez y José Fabián Asís, emitió por unanimidad la condena por delitos y dispuso realizar una junta médica integral con carácter de urgente para determinar si Britos puede cumplir la condena en una unidad del Servicio Penitenciario Federal. Además, se aceptó la solicitud de destitución de Britos como oficial retirado de Gendarmería Nacional, para ser remitida al Ministerio de Seguridad de la Nación una vez que la sentencia quede firme.
Las últimas palabras de Britos ratificaron sus declaraciones anteriores y respaldaron lo actuado por su abogado defensor durante el juicio. El abogado de la defensa, Nicolás Chumbita, solicitó la absolución de todos los cargos, alegando la falta de cumplimiento de los requisitos objetivos y subjetivos del proceso, postura rebatida por la fiscalía durante las réplicas, y rechazada por el Tribunal, considerando los hechos imputados como crímenes de lesa humanidad. Además, se hizo lugar a la ampliación de las causas que involucran a Noemí Pedernera, Claudia Soria, María Illanes, Alicia Asís, Argentina López, Ada Maza, Azucena de la Fuente, Juan Garrot, Marta Cornejo de Pedernera, María Rosa, Susana y Estela Pedernera.
En La Rioja hubo una vigilia para acompañar esta jornada, con una importante concenctración frente al Tribunal donde sobrevivientes del terrorismo de estado y defensores de DDHH festejaron la desición de este tribunal.
La lectura de los fundamentos de la sentencia está programada para el 12 de marzo a las 13 horas. A pesar del contexto actual en el país, el TOF fue contundente en su sentencia, reflejando la gravedad de los crímenes de lesa humanidad perpetrados en La Rioja durante aquel período oscuro de la historia argentina.