"Es un dolor que no le deseo a nadie, y como familia lo vamos a llevar siempre", lamentó Lorena Torres, la madre de David Moreira, tras conocer el veredicto que absolvió a los dos acusados por el homicidio a golpes de su hijo, en 2014, tras el intento de robo de una cartera en barrio Azcuénaga. El tribunal integrado por Hebe Marcogliese, Román Lanzón y Nicolás Vico Gimena fundamentó la decisión en el beneficio de la duda. "No ha logrado demostrarse que Gerardo G. y Cristian A. fueran autores de ese hecho social y jurídicamente reprobable", plantearon sobre el hecho en el que -agregaron- se desplegó "una fuerza desproporcionada, injustificada e inexcusable contra la humanidad de Moreira", que tenía 18 años. "Lamentamos que el servicio de justicia estatal no haya podido dar una respuesta satisfactoria a los familiares", agregaron. También, cuestionaron un "deficiente accionar policial". Por el mismo caso fue condenado Nahuel Pérez, a 3 años de prisión condicional, en un juicio abreviado de 2019.
El fallo se dio a conocer ayer al mediodía, luego de dos semanas de debate oral en el que el fiscal Alejandro Ferlazzo solicitó 3 años de prisión efectiva por el delito de "homicidio en agresión", al entender que "un grupo de personas decidió sentenciar a pena de muerte" a David, cuando -tras el intento de robo que protagonizó con otro joven- le dieron "una brutal paliza", planteó sobre el ataque cometido el 22 de marzo de 2014, en Marcos Paz entre Larrea y Liniers, durante más de 15 minutos. Por su parte, el abogado querellante Norberto Olivares, solicitó 6 años, la pena máxima por la figura imputada.
Sin embargo, el tribunal resolvió que la prueba producida durante el debate no fue suficiente para lograr la certeza y convicción necesaria para imponer una sentencia condenatoria sobre los imputados, por lo que resolvieron por unanimidad absolver a ambos por el beneficio de la duda.
Entre los fundamentos, los jueces expresaron: "Una vez reducido uno de los autores del robo, no había motivos para golpearlo, ni mucho menos de forma tan salvaje". E hicieron un análisis sobre la problemática social: "No puede tolerarse que la ciudadanía ejerza tamaña reacción ante la comisión de un hecho ilícito. Un delito no puede ser evitado ocasionando otro delito que, además, ha sido significativa e inconmensurablemente más grave que el que se pretendió neutralizar. El arresto ciudadano frente al robo sufrido por un miembro de nuestra comunidad no legitima la ejecución sumaria de su autor por decisión vecinal, ni mucho menos el dictado de una pena de muerte sin juicio que no es tolerada por nuestra sociedad y menos aún por ninguna de nuestras leyes vigentes".
Para el tribunal, "el justificado hastío social frente a los episodios de inseguridad que se producen a diario y la falta de respuestas estatales eficaces para enfrentar dicha problemática no autorizan el linchamiento de la persona que presumiblemente ha cometido un delito en la vía pública". Y aseguraron: "Ningún futuro promisorio nos depara si enarbolamos las banderas de la venganza privada y de la justicia por mano propia".
En tanto, si bien entendieron que "en el hecho sometido a juzgamiento no existieron razones que expliquen las acciones violentas que terminaron con la vida de un joven de 18 años"; señalaron que "la fiscalía y la querella han fallado en la misión de probar, más allá de toda duda razonable, que Gerardo G. y Cristian A. fueron parte del ataque a patadas que sufrió la víctima de este caso", y que lo llevó a la muerte pocos días después.
Sobre las evidencias llevadas a juicio mencionaron que "los comentarios escritos (por uno de los acusados en redes sociales) -y posteos consecuentes- y el hecho de haber fotografiado el triste episodio, por sí solo no constituye prueba suficiente para acreditar con certeza que A. haya golpeado en algún momento a Moreira". También argumentaron que el cargo más relevante traído a debate fue un fragmento de un video que reproduce el desenlace de la golpiza fatal. Sin embargo, no hay certeza de que haya sido G. quien es captado en esa secuencia fílmica".
Sobre la investigación, como dijo el fiscal, el tribunal sostuvo que "debió enfrentar muchas dificultades. Principalmente, por una suerte de 'pacto de silencio' vecinal que impidió lograr una identificación clara, precisa y circunstanciada de los intervinientes". Y agregaron que "debe aditarse lo que apareció como un deficiente actuar policial en la primera intervención, cuando debía y podía intentar identificar a autores y testigos". Por todo, expresaron: "A casi diez años de lo ocurrido, lamentamos que el servicio de justicia estatal no haya podido dar una respuesta satisfactoria a los familiares de David Moreira quien tenía derecho a un juicio justo".
El querellante agregó que ese "pacto de silencio se traduce en una reivindicación y hasta apología de lo que se hizo"; y también lamentó el "miedo de la gente del barrio que temía represalias" de los acusados.
Por su parte, la madre del joven -que escuchó el veredicto por videoconferencia- relató a este diario que solo podía llorar. "Una vergüenza la justicia. No existe. Qué enseñamos a la gente, que podemos matar y tomar la justicia en nuestras manos y quedar libres de culpa y cargo. Mientras escuchaba, sentía un dolor muy fuerte en el pecho. Es un dolor que no le deseo a nadie, y lo vamos a llevar siempre. David era una gran persona y significaba mucho para nosotros. Espero que esto no pase más y que esta gente reflexione. David no estará más físicamente, pero vivirá por siempre en nuestros corazones", aseguró la mujer.