El Gobierno oficializó esta mañana la suba del Impuesto PAIS para importaciones en el Boletín Oficial de 10 puntos porcentuales, que pasó de 7,5% a 17,5%. El aumento fue anunciado ayer por la tarde por el ministro de Economía Luis Caputo en el marco del primer paquete de medidas de “urgencia económica” que lleva adelante el nuevo gobierno de Javier Milei, que incluyeron además una devaluación del dólar oficial hasta los $800.

La modificación al denominado Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS), que figura en el Decreto 29/2023 firmado por el presidente Milei, Caputo y el jefe de Gabinete Nicolás Posse, comienza a regir desde hoy.

“Vamos a sincerar el tipo de cambio oficial que va a pasar a $800 para que los sectores productivos tengan los incentivos adecuados para que aumente su producción. Estará acompañado por un aumento provisorio del impuesto PAIS a las importaciones y a las exportaciones no agropecuarias”, anunció ayer Caputo en su mensaje grabado.

Con la devaluación del tipo de cambio oficial y este nuevo aumento del Impuesto PAIS para compras al exterior de bienes y servicios, las importaciones comienzan a pensarse con un dólar a $940 ($800 valor oficial + $140 del Impuesto PAIS). En clave inflacionaria, se espera que el aumento de este valor impacte en los principales precios del país, ya que muchas de estas importaciones son insumos necesarios para la producción. Y este costo, al encarecerse, se traslada al precio final.

Anoche, el Ministerio de Economía difundió una tabla en donde especificó cuánto esperan ver incrementados los ingresos del Estado con cada una de las medidas anunciadas. En el caso de la suba del Impuesto PAIS, estiman ingresos extra por el 0,8% del PIB en 2024.

El detalle del decreto que aumentó el Impuesto PAIS a 17,5%

La normativa publicada hoy en el BO establece una suba del tributo de 10 puntos porcentuales en la importación de bienes y servicios. El artículo 1 del decreto involucra a “la adquisición en el exterior de los servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de importación o exportación de bienes, o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes”.

En su artículo 2, quedó alcanzada también la “la importación de mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.)”, a excepción de aquellos insumos y bienes intermedios vinculados en forma directa a productos de la canasta básica alimentaria, conforme lo establezca el Ministerio de Economía, y otros bienes vinculados a la generación de energía.

Además, el documento expresa que “el impuesto al que hace referencia se determinará sobre el monto total de la operatoria por la que se compren billetes y divisas en moneda extranjera, no debiendo considerarse a estos efectos, de corresponder, el importe de los servicios que resulten alcanzados por el gravamen”.

Según establecieron Milei, Caputo y Posse en la norma, “se torna necesario profundizar los incentivos a la inversión nacional que estimulen la producción y la realización de actividades económicas en el país, garantizando un sendero fiscal sostenible”.

La medida entró en vigencia desde hoy, pero también es cierto que la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de este decreto, así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de 10 días hábiles. Pasado ese tiempo, se sobreentiende el aval parlamentario a la norma.

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