Tras la devaluación de la semana pasada y la variación de la cotización del “dólar tarjeta”, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió hoy cómo se deben pagar los consumos en dólares de los resúmenes de la tarjeta con cierre posterior al 14 de diciembre o que están próximos a vencer. Así, los contribuyentes pagarán un 60% de carga impositiva por estas compras de bienes y servicios al exterior.

En su Resolución General 5465/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo dictó que todos aquellos consumos realizados hasta el 13 de diciembre inclusive y con cierres de tarjeta posteriores al 14 de diciembre pagarán un 30% de Impuesto PAIS y un 30% como percepción a cuenta de Ganancias, lo que implica un agregado impositivo del 60% por sobre el dólar oficial, que con la devaluación de la semana pasada quedó en $800, pero que actualmente ronda los $821, según la cotización del Banco Nación.

En cuánto queda el dólar tarjeta

La modificación, que rige desde hoy –pero que aplica de forma retroactiva a aquellos cierres que se hayan producido después del 14 de diciembre– evita que todas aquellas compras que se realizaron antes de esa fecha paguen impuestos por el 155%, como definía la normativa anterior. En ese caso, la cotización a la que se pagarían esos gastos habría sido de caso $2.040. En cambio, el “dólar tarjeta” actual, con las nuevas disposiciones del Gobierno se ubica en $1.313,6.

“Atendiendo a las nuevas condiciones del mercado cambiario vigentes desde el 13 de diciembre de 2023, se considera conveniente, por razones de administración tributaria, adoptar un criterio excepcional respecto a la alícuota que debe considerarse para practicar las percepciones correspondientes a las operaciones con tarjeta de crédito comprendidas en el régimen de percepción y celebradas con anterioridad a dicha fecha, que se encontraren pendientes de liquidación”, expresa la resolución de AFIP, que lleva la firma de su nueva titular, Florencia Misrahi.

Así, en su artículo 1, dispone que las percepciones “que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del 30% establecida en el segundo párrafo del artículo 5° de la citada resolución general”.

Con la devaluación del 118% ordenada por el ministro de Economía Luis Caputo, el dólar oficial pasó a valer $800 la semana pasada. Si se tomaba en cuenta ese valor y se sumaba el 155% de impuestos que existía hasta ayer (30% de Impuesto País; 100% de Ganancias y 25% de Bienes Personales), el valor del “dólar tarjeta” quedaba por encima de los $2.000. Por el contrario, ahora se compone de $821 del dólar oficial, sumado a $246,3 del Impuesto PAIS y $246,3 de Ganancias, lo que da un resultado de $1.314 redondeado.

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