Tras la devaluación de la semana pasada y la variación de la cotización del “dólar tarjeta”, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió este lunes cómo se debe calcular el tipo de cambio para los consumos en dólares de los resúmenes de la tarjeta de crédito con cierre posterior al 14 de diciembre. De acuerdo a las nuevas normas, los contribuyentes pagarán una carga impositiva del 60 por ciento, que ante un dólar oficial de 821 pesos, representaría un valor total de 1313,60 pesos con impuesto PAIS y anticipo a cuenta de Ganancias incluídos.
En una resolución publicada en el Boletín Oficial, el organismo de recaudación dictó que todos aquellos consumos en el exterior realizados hasta el 13 de diciembre inclusive y con cierre de tarjeta posterior al día 14, pagarán un 30 por ciento de Impuesto PAIS y un 30 por ciento como percepción a cuenta de Ganancias, lo que implica un agregado impositivo del 60 por ciento por sobre el dólar oficial, que tras la devaluación de la semana pasada actualmente ronda los $821, según la cotización del Banco Nación.
La modificación, que rige desde este lunes –pero que aplica de forma retroactiva a aquellos cierres que se hayan producido después del 14 de diciembre– evita que todas aquellas compras que se realizaron antes de esa fecha paguen impuestos por el 155 por ciento, como definía la normativa anterior.
En ese caso, la cotización a la que se pagarían esos gastos habría sido de casi 2040 pesos. En cambio, el “dólar tarjeta” actual, con las nuevas disposiciones del Gobierno se ubica en 1313,60 pesos.
“Atendiendo a las nuevas condiciones del mercado cambiario vigentes desde el 13 de diciembre de 2023, se considera conveniente, por razones de administración tributaria, adoptar un criterio excepcional respecto a la alícuota que debe considerarse para practicar las percepciones correspondientes a las operaciones con tarjeta de crédito comprendidas en el régimen de percepción y celebradas con anterioridad a dicha fecha, que se encontraren pendientes de liquidación”, expresa la resolución de AFIP, que lleva la firma de su nueva titular, Florencia Misrahi.
En su artículo 1, dispone que las percepciones “que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del 30% establecida en el segundo párrafo del artículo 5° de la citada resolución general”.
Con la corrección del valor del tipo de cambio del 118 por ciento ordenada por el ministro de Economía, Luis Caputo, el dólar oficial pasó a valer 800 pesos a nivel mayorista la semana pasada. Si se tomaba en cuenta ese valor y se sumaba el 155 por ciento de impuestos que existía hasta ayer, el valor del “dólar tarjeta” quedaba por encima de los 2000 pesos.
Por el contrario, ahora se compone de 821 pesos del dólar oficial, sumado a 246,30 pesos del Impuesto PAIS y 246,30 pesos de Ganancias, lo que da un resultado de 1313,60 pesos.