La Corte Suprema de Justicia revocó una resolución de la Cámara de Casación y dispuso que dos ex jueces federales de Mendoza, condenados como partícipes primarios en hechos de secuestros, torturas y homicidios cometidos durante la dictadura, vayan a la cárcel. Se trata de Evaristo Carrizo y Guillermo Petra; ambos tenían sentencia a perpetua, pero aún estaban en libertad. El fallo sumó los votos de los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco.
“Esta es una resolución muy importante teniendo en cuenta los momentos que estamos viviendo. Es a favor de los juicios de lesa humanidad, pero además Highton de Nolasco, después de haber votado a favor del 2x1, vuelve a darle su voto a la continuidad de los juicios. Que se haya recuperado la mayoría para que se cumplan las condenas en las causas de lesa humanidad es de gran peso. Nos hace llenar de esperanza de que en otros casos la Corte tome el mismo camino, es decir que Highton siga brindando su voto para conformar una mayoría con Lorenzetti y Maqueda y no con (Horacio) Rosatti y (Carlos) Rosenkrantz”, dijo a PáginaI12 Pablo Salinas, abogado de las víctimas. Para Salinas, esta “vuelta de Highton a los criterios que sostuvo siempre tendrá que ver con sus íntimas convicciones, pero también con que hay una gran mayoría de la sociedad que respalda los juicios. Eso quedó muy claro y es una buena señal”.
Los ministros señalaron que se debía aplicar el precedente de la causa contra el represor Jorge Olivera Rovere, que había sido condenado por lesa humanidad y quedado libre hasta que la Corte dispuso su detención.
Los casos por los que fueron condenados los ex jueces federales fueron parte de una megacausa que reconstruyó lo sucedido con 207 personas, entre las que hubo asesinados, desaparecidos y sobrevivientes que pasaron por varios centros clandestinos de detención. Durante el proceso, las querellas y la fiscalía demostraron que la denegación de hábeas corpus, así como la decisión de no investigar las denuncias presentadas por las familias, no fue una actuación pasiva sino activa, que implicó la complicidad en los crímenes.
Los acusados llegaron a juicio imputados de omisión de investigar, pero iniciadas las audiencias los querellantes y la fiscalía ampliaron la acusación y pidieron que fueran condenados como partícipes primarios. En aquel momento también pidieron sus detenciones, pero el tribunal oral lo denegó. El pedido subió así a la Cámara de Casación –que también se expidió negativamente– y llegó a la Corte luego de que la sentencia que los encontró culpables como partícipes primarios fuera dictada.
Como es habitual, el fallo de la Corte no ordenó las detenciones, sino que indicó a Casación que deje sin efecto la resolución que los mantenía libres. Esto debería concretarse en cuestión de horas.
Los ex magistrados condenados en la megacausa fueron cuatro. Tras la vuelta a la democracia, habían continuado ocupando lugares preferenciales en la justicia. Recién en 2011 fueron destituidos por el Consejo de la Magistratura. Luis Miret falleció, mientras que el cuarto ex juez federal, Otilio Romano, ya tenía dictada la prisión porque estuvo prófugo en Chile, de donde fue extraditado. Luego obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria por sus problemas de salud. Lo mismo podría ser solicitado ahora por Carrizo y Petra.