La Justicia porteña confirmó el freno a las obras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) en la Reserva Ecológica Costanera Norte - Ciudad Universitaria. Luego de la audiencia pública en la que la mayoría de los expositores rechazó el proyecto, la jueza de primera instancia Andrea Danas ratificó la medida con la que ya había suspendido las obras que incluyen la construcción de un bar sobre la costa del Río de la Plata. El centro de estudiantes de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA, que presentó la acción de amparo que derivó en el freno a las construcciones, celebró ahora el nuevo fallo aunque advirtió sobre "la calidad de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que pueda presentar" el gobierno porteño para intentar destrabar el proyecto.
La realización de la audiencia pública no le alcanzó al GCBA para vencer el freno judicial. Llevada a cabo recién a principios de diciembre, un año después del inicio de las obras, con la estructura del bar terminada en un 80 por ciento y sólo después del primer fallo de la jueza Danas, la audiencia no bastó, al menos por ahora, para convencer a la magistrada. En una nueva resolución de 19 páginas, Danas no sólo ratificó su fallo anterior sino que transformó la medida precautelar en cautelar a secas para mantener frenadas todas las obras dentro de la reserva "hasta tanto se haya acreditado en autos la conclusión del Procedimiento Técnico - Administrativo de EIA".
El GCBA deberá cumplir, entonces, con todos los pasos previstos por el Artículo N°9 de la Ley N°123, que establece las características del proceso que deriva en el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental. Además de hacer la audiencia, se debe categorizar el efecto ambiental de las actividades, proyectos, programas o emprendimientos a realizar, presentar el estudio y declaración de impacto, y finalmente sí tramitar el certificado. En este sentido, la jueza consideró que el gobierno porteño debería haber presentado, antes de iniciar la obra, "los pasos previos detallados en el artículo 9 para obtener el certificado".
"Ha existido una irregularidad por omisión en el procedimiento ambiental previo a la realización de las obras aquí impugnadas", sostuvo Danas, quien agregó que si no se otorgara la medida cautelar solicitada por los amparistas, "podrían acaecer circunstancias más graves de cara al futuro, circunstancias que podrían devenir en irreversibles". La jueza no sólo determinó el freno a las obras sino que estableció que no se podrá "permitir el uso público" de las construcciones que ya fueron terminadas.
Es que el proyecto de obras comenzó a fines del año pasado e incluye, además del local gastronómico, un nuevo portal y un nuevo camino de acceso, caminos secundarios, sanitarios, áreas con pérgolas y bicisendas, y un centro de interpretación, que también fue cuestionado por los estudiantes de FCEN por haber sido construido en "zona intangible" de la Reserva. En cuanto al local, la más polémica de las construcciones, se denomina oficialmente Bar Bajo Espigón y está ubicado en el centro de la zona de espigones, al borde del Río de la Plata, donde ya se puede divisar la estructura metálica y vidriada, con un deck hacía el río.
"La cautelar obviamente es bien recibida, pero tampoco nos quedamos tranquilxs. Nos preocupa la calidad de la EIA que puedan presentar, porque seguro algo van a presentar, considerando que todos los expertos ya se mostraron en contra de lo que quieren hacer", dijo a Página 12 Abril Marcolongo, presidenta del centro de estudiantes de la Facultad. En efecto, de la audiencia participaron más de 150 estudiantes, docentes y especialistas, y el rechazo fue mayoritario. La estudiante contó, además, que el centro realiza recorridas a la reserva todas las semanas para supervisar que las obras se mantengan frenadas.
En el marco de la causa, el GCBA argumentó lo mismo que sus funcionarios habían asegurado en la escueta explicación sobre el bar que brindaron en el inicio de la audiencia pública: que la obra se lleva a cabo en la parte de la reserva catalogada por el Código Urbanístico (CUR) como Urbanización Parque (UP) y que es "compatible dentro de la zonificación propuesta en el Plan de gestión", por lo que no tiene relevante impacto ambiental.
Ese argumento había sido rebatido durante la audiencia por el representante de la Defensoría del Pueblo, Hernán Invernizzi, titular del Área de Ambiente y Desarrollo Sostenible. El hombre subrayó allí que "el CUR establece que toda la reserva es una unidad que incluye la UP, pero como parte de la reserva. No estamos hablando de dos áreas, sino de una unidad legal y ecológica, por lo que no tiene ningún sentido la distinción de criterios". El área protegida de 18 hectáreas cuenta con más de 800 especies de seres vivos, de las cuales unas 500 corresponden a animales y las restantes a plantas.
El gobierno porteño también sostuvo en el expediente que la obra del local gastronómico se realiza tomando parte de una estructura preexistente. En este sentido, según citó la jueza en el fallo, el GCBA agregó un curioso argumento, al asegurar que el espacio utilizado se encontraba "sin uso ni mantenimiento alguno, con constante peligro latente de intrusión por personas sin techo”.