El Comité Provincial de Prevención de la Tortura y Otros Tratos Crueles e Inhumanos o Degradantes difundió ayer un documento redactado con el objetivo de advertir a la ciudadanía de la provincia que, mediante la resolución ministerial 943 del Ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Patricia Bullrich, el gobierno nacional cruzó barreras que resguardan la calidad institucional y la independencia de los tres poderes que estructuran el sistema republicano.
Junto al Comité Nacional para la Prevención de la Tortura y el Consejo Federal de los Mecanismos Locales, el Comité Provincial marcó que Bullrich excedió atribuciones de su área de gobierno cuando definió -siempre dentro del Protocolo de Mantenimiento del Orden Público- alcances de tipo penal para situaciones de protesta social que ya fueron previstas en el artículo 194 del Código Penal de la Nación.
Rodrigo Solá, miembro del Comité Provincial, dijo a Salta/12 que al organismo que actualmente preside, le interesa visibilizar los claroscuros del contexto actual en materia de derechos. Su objetivo: "prevenir la violencia institucional". Por ese motivo habilitaron una guardia telefónica (387-2286782) para brindar asistencia a la ciudadanía, prevenir casos de tortura, malos tratos, detenciones arbitrarias u otras formas de violencia institucional, y favorecer las actuaciones tempranas del organismo. Precisamente, está previsto que hoy haya una protesta en las calles de la ciudad de Salta, convocada por distintos espacios, en rechazo a las medidas anunciadas por el gobierno nacional.
Solá recordó que ya fueron planteadas ciertas advertencias que anticipan el advenimiento de un cambio en las reglas de juego del orden democrático, puntualmente durante el primer discurso que dió el presidente Javier Milei en las escalinatas del Congreso Nacional el día que asumió al frente del Poder Ejecutivo. Solá destacó que ese día el mandatario nacional "planteó una politica de ajuste y shock", y que como el gobierno nacional preveé que existirá resistencia social, las medidas económicas fueron acompañadas por políticas represivas.
"Quienes trabajamos en el campo de los derechos humanos tenemos que cumplir con el rol especial de preservar los derechos, la vida y la integridad física de las personas", detalló Solá. Si bien insistió que por el momento el CPT "monitorea el accionar del Estado", en otro tramo de la entrevista aclaró, en este momento, la tarea requiere mayor intensidad.
Por ese motivo, el Comité actualmente articula junto a otros organismos de DDHH salteños, la conformación de un "observatorio multisectorial para monitorear las protestas y movilizaciones sociales en toda la provincia", adelantó Solá. El objetivo será identificar "las buenas y malas practicas para prevenir cualquier hecho de violencia". El presidente del CPT insistió que el derecho a la protesta social se encuentra protegido por la Constitución Nacional y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por ese motivo, durante las protestas sociales "no existe ninguna necesidad de ser identificado en la vía publica, ni personalmente ni por medios digitales o cualquier otro tipo de tecnologías", en alusión a las disposiciones sobre identificación y registro de manifestantes y organizaciones que colisionan con prohibiciones establecidas en la Ley de Inteligencia Nacional.
Los firmantes del documento recordaron ayer que la resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación avanzó sobre "competencias (que son propias) de las autoridades provinciales, desnaturalizando las condiciones fijadas en la Ley de Seguridad Interior para la intervención de fuerzas de seguridad federales en sus territorios". La mención a la norma 24.059 aludió directamente al enunciado del artículo 1 del protocolo antipiquetes de Bullrich, cuando habilitó a "las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales" a intervenir "frente a impedimentos al tránsito de personas o medios de transporte, cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación sujetas a la jurisdicción federal", inclusive "en territorios provinciales".
Asimismo, afirmaron que "la interrupción del tránsito de vehículos, peatones o de actividades diarias" son medios necesarios "para ejercer el derecho a la protesta", y que ese ejercicio "no habilita el uso de la fuerza por parte de los agentes públicos". Además, subrayaron que "cualquier directiva a las fuerzas de seguridad que intervienen en situaciones de protesta social debe prohibir taxativamente la portación de armas letales y munición de plomo (...) así como el uso de gases lacrimógenos y camiones hidrantes por sus efectos indiscriminados".
Salta se dio su propio protocolo antipiquete, que resultó parcialmente derogado el 9 de junio pasado después de multitudinarias protestas sociales de empleados estatales provinciales que mayoritariamente reclamaban mejoras salariales. Solá recordó que en su momento el Comité Provincial contra la Tortura formuló su opinión técnica. "Pedimos la derogacion total de la ley", recordó, "pero la técnica del Ejecutivo y el Legislativo fue derogarla parcialmente".
A su entender, el protocolo provincial resultó excesivo en el contexto de las normas existentes, porque las normas y procedimientos que permiten armonizar derechos se establecieron tanto en el Código Penal como en el Código Contravencional salteño. "El derecho a la protesta está vinculado a derechos fundamentales", insistió Solá. "El Estado debe actuar preventivamente, evitando el uso de las fuerzas de seguridad, o bien si la usa de modo excepcional, como último recurso y siempre bajo control judicial".