El Gobierno de Javier Milei envió la denominada "Ley Ómnibus" al Congreso Nacional, y entre sus artículos incluye la derogación de un artículo clave de la Ley Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública N° 27.612, habilitando a la actual gestión para tomar deuda externa sin pasar por las dos cámaras del Parlamento.
Precisamente, la iniciativa llamada "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" -que contiene 664 artículos en 351 páginas y pretende sumarse el mega DNU de desregulación económica- exige en el artículo 104 del cuarto capítulo de "Operaciones de Crédito Público" que se derogue el artículo 1º de la Ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública N° 27.612.
En este sentido, la legislación vigente desde 2021 busca que el endeudamiento en moneda extranjera bajo ley extranjera, y con prórroga de jurisdicción, necesite indefectiblemente la autorización del Congreso de la Nación.
Qué dice el primer artículo de la Ley Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública
Artículo 1º- La Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio.
Toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras que supere dicho porcentaje requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente.
"Esta Ley cuida a nuestra Argentina"
La Ley Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública, promulgada en marzo de 2021, fue aprobada por la Cámara de Diputados con el respaldo de 233 votos que fueron aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, los interbloques Federal, el Movimiento Popular Neuquino, y Acción Federal, en tanto que los dos monobloques de izquierda rechazaron la propuesta.
La normativa establece que el endeudamiento en moneda extranjera bajo ley extranjera, y con prórroga de jurisdicción, requerirá autorización del Congreso de la Nación. Asimismo, los acuerdos futuros con el Fondo Monetario Internacional (FMI) deberán también ser aprobados por el Parlamento.
"Esta Ley cuida a nuestra Argentina. Desde hoy, todo acuerdo con el FMI o endeudamiento externo con títulos públicos deberá ser aprobado por el Congreso y debatido de frente a la sociedad. Evitar las crisis de deuda que condicionan el futuro de nuestra gente es política de Estado", sostuvo el entonces ministro de Economía, Martín Guzmán, tras la aprobación.
De esta manera, la ley permite fortalecer el rol institucional del Congreso en la definición y autorización de las políticas de endeudamiento público nacional en moneda extranjera y bajo jurisdicción externa, y en la aprobación de toda operación de crédito público y/o programa de financiamiento que formalice el Poder Ejecutivo Nacional con el FMI.