Entre los más de 600 artículos de la Ley Ómnibus que envió el presidente Javier Milei al Congreso, uno anticipa de forma tácita nuevos despidos de trabajadores estatales de planta permanente. Se trata del referido al Fondo de Reconversión Laboral (FRL), un mecanismo por el cual se busca “capacitar” y reubicar a empleados cuyos cargos sean eliminados por el recorte en la administración nacional; caso contrario, serán desvinculados.
El artículo 603 del proyecto de ley, incluido en la Sección 1 del Capítulo IV, modifica la Ley de Empleo Público y establece que el fondo en cuestión “tendrá por finalidad capacitar y brindar asistencia técnica para programas de autoempleo y formas asociativas solidarias, a los agentes civiles, militares y de seguridad, cuyos cargos quedaren suprimidos, en función de las medidas establecidas en los artículos precedentes”.
La mera existencia del fondo dentro del proyecto enviado al Congreso supone la posibilidad de despidos de empleados públicos de planta permanente bajo este régimen. De hecho, en el texto, la norma admite que muchos de estos cargos podrían ser “eliminados por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos que componen la Administración Pública nacional o de las funciones asignadas a ellos”.
Entre otros puntos, la Ley Ómnibus establece la declaración de la emergencia pública para reorganizar la administración pública nacional, lo que habilitaría al Poder Ejecutivo a centralizar, fusionar, transformar, reorganizar, disolver o suprimir, total o parcialmente, órganos y entidades descentralizadas.
Cómo funciona el Fondo de Reconversión Laboral que propone Milei
En caso de sancionarse la Ley Ómnibus y confirmarse su creación, el Fondo de Reconversión Laboral tendría carácter fiduciario y se financiaría a través de los recursos asignados en el Presupuesto.
En detalle, con el FRL se propone que, tras el período de capacitación –de hasta 12 meses como máximo–, los trabajadores afectados tengan tres alternativas: aceptar cubrir una vacante en la Administración Pública nacional, en caso que la hubiera y cumplieren los requisitos para ello; ser contratados por empleadores privados; o formalizar otro vínculo laboral.
Lo cierto es que la iniciativa fomenta la salida “privada” en particular, ya que en el artículo 604 se crea un “régimen de promoción para la reinserción laboral privada de agentes públicos”, que incluye la eximición de cargas sociales “durante un lapso de tiempo acotado” en la contratación de estos empleados públicos afectados por la medida.
Según supone la iniciativa en su artículo 605, a causa del reordenamiento de la administración nacional que impulsa Milei, muchos trabajadores de planta permanente o bajo régimen de estabilidad podrían quedar bajo “situación de disponibilidad”.
Esto significa que, durante un período máximo de hasta 12 meses, estos agentes serán remunerados por el FRL, teniendo en cuenta la antigüedad y demás condiciones que fije el Poder Ejecutivo nacional en la reglamentación y tendrán obligación de recibir la capacitación que se les imparta y/o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado.
Qué pasa si el trabajador no se “reconvierte”
"Cumplido el período indicado de doce (12) meses, los agentes que no hubieren formalizado una nueva relación de trabajo, quedarán automáticamente desvinculados del sector público nacional”, establece el proyecto de ley, que prevé que en estos casos el trabajador tendrá “derecho a percibir una indemnización, que será financiada por el Fondo, igual a un (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses".
Para calcular la indemnización, se tomará como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor, salvo el mejor derecho que se estableciere en el convenio laboral y las indemnizaciones especiales previstas por dicha vía.
Además, la normativa aclara que “los cargos de los agentes que ingresen al Fondo serán definitivamente suprimidos".
Esta iniciativa se da una semana después de la publicación del Decreto 84/2023, donde el presidente ordenó que todos aquellos contratos de trabajadores estatales firmados en 2023 no sean renovados y que se revisen todos aquellos firmados con anterioridad. En tanto, la propuesta del FRL va aún más allá y pone en tela de juicio la continuidad de miles de empleados públicos en planta permanente o bajo régimen de estabilidad.