Cintia sintió ayer algo de alivio, a casi tres años del siniestro vial en el que perdió a su esposo y a su hijo de 8 años cuando dos conductores que corrían una picada embistieron el auto familiar. Los dos acusados fueron condenados ayer a la pena de 12 años de prisión y diez de inhabilitación para manejar. La mujer, sobreviviente de la colisión fatal, valoró el hecho "inédito" de que se haya sentenciado a ambos como coautores del delito, cuando uno fue el que impactó el coche en el que viajaban las víctimas. Se trata del primer caso en la provincia que tiene en cuenta la coautoría funcional. "Fueron muchos años, estoy agradecida a quienes nos acompañaron. Cargamos con mucho dolor. Siento algo de paz para Valen y para David. Hice todo por ellos dos, para que se haga justicia", dijo con la voz quebrada, y se esperanzó con que este tipo de procesos "sea un poco más ágil para las familias".
El tribunal integrado por Fernando Sosa, Rafael Coria y Paula Álvarez condenó por decisión mayoritaria a Germán Schoeller y Pablo Mancini, quienes llegaron a juicio acusados por correr la picada fatal que corrían la noche del 20 de marzo de 2021 cuando uno de ellos impactó contra el auto en el que viajaba la familia Pizorno, provocando la muerte de David y Valentino.
El tribunal los sentenció tras el juicio oral y público, al considerarlos coautores del delito de participación en prueba de velocidad o destreza sin la debida autorización de autoridad competente, en concurso real con homicidio simple y lesiones graves, hechos cometidos con dolo eventual -se representa el resultado como posible-.
Schoeller, de 39 años, y Mancini, de 38, enfrentaban pedidos de pena de 18 años de prisión, por parte de la Fiscalía; y 20, por parte de la querella.
En su acusación, los fiscales Valeria Piazza Iglesias y Walter Jurado indicaron que los imputados condujeron sin accionar los frenos y sin respetar el semáforo en intermitente rojo, siendo el accionar -de los dos- determinante en la producción del siniestro vial y su resultado. "Esto se corre de la mera imprudencia. El dolo eventual se configura cuando una persona está ejerciendo una acción, se representa el resultado, continúa con la acción, siendo indiferente al daño o resultado que puede provocar", dijo la fiscal al inicio del debate, hace dos semanas. Además, la Fiscalía llevó a los dos acusados como coautores, "porque ambos tenían el dominio del hecho", pese a que solo el Sandero, que manejaba Schoeller, impactó con el auto de las víctimas.
Los fiscales llevaron pruebas de que la picada comenzó unos 300 o 400 metros antes del choque. Mancini manejaba por Avenida del Rosario a 134 kilómetros por hora un Citroën C4; mientras que Schoeller iba a 124, en un Renault Sandero cuando este último impactó contra el auto en el que viajaba la familia Pizorno en el cruce con Ayacucho. En el debate también se juzgan las lesiones físicas y psíquicas que sufrió Cintia Díaz y un acompañante del auto de Mancini.
Tras el fallo, el fiscal Jurado sostuvo que "lo que pidió la Fiscalía se dio, salvo el monto de la pena. Planteábamos la coautoría funcional de los conductores, de lo que no había antecedentes en la provincia", destacó. "Aún no tenemos los fundamentos del tribunal, que es donde veremos bien qué se analizó, pero estamos convencidos de que las pruebas que llevamos a juicio fueron contundentes". Además, indicó que el plazo de los 10 años de inhabilitación para manejar comienza a correr cuando los condenados recuperen la libertad, tras cumplir la pena de 12 años.
En tanto, el voto en disidencia fue del juez Sosa quien consideró que en ambos casos correspondía una pena de 14 años de prisión y 10 de inhabilitación.