La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Javier Carbajo, Alejandro Slokar y Gustavo Hornos, admitió un recurso de queja presentado por el fiscal general Eduardo Villalba, quien reclamaba la intervención de ese tribunal en un litigio suscitado en torno a las reformas edilicias que se llevan adelante en el Cabildo Histórico de la provincia de Jujuy. Las querellas y el Ministerio Público Fiscal sostienen que deben conservarse determinados espacios que por ley fueron declarados Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado.

Los camaristas dijeron que los agravios formulados por el Ministerio Público Fiscal constituyen materia casatoria en los términos legales previstos. Asimismo, ratificaron la naturaleza federal invocada y habilitaron “la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Con esta decisión, se revirtió una resolución dictada el 1º de agosto último por la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, que había rechazado la admisión de un recurso de casación. Antes, el 27 de junio, la jueza Mariana Catalano y los jueces Guillermo Elías y Alejandro Castellanos habían rechazado una apelación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la Asociación HIJOS y una particular, que habían acudido a la Cámara buscando frenar el avance de las obras enmarcadas en lo que se conoce como “Proyecto de Recuperación y Puesta en Valor del Cabildo Histórico de Jujuy (etapas (I y II)”, impulsado por el gobierno provincial, que en este litigio es representado por la Fiscalía de Estado.

La presentación de los querellantes fue motivada por un fallo dictado en marzo por el Juzgado Federal N° 2 de Jujuy, a cargo del juez Eduardo Hansen, quien habilitó la realización de obras en el lugar, una iniciativa impulsada por el ex gobernador Gerardo Morales

El juez Hansen es el mismo que intervino originalmente luego de la denuncia radicada el 5 de diciembre de 2016 por un hombre que estuvo detenido durante la última dictadura militar y que relató que en el Cabildo funcionaba la Central de Policía y que allí existiría un túnel donde habría restos óseos de personas desaparecidas.

En otra denuncia, del 20 de noviembre de 2016, una integrante de la agrupación HIJOS sostuvo que al pasar por el frente de lo que era el ex cuartel de bomberos, ubicado dentro del predio del Cabildon donde funcionaba la Central de Policía, pudo ver que en el lugar donde funcionó el Centro Clandestino de Detención de Comando Radioeléctrico había escombros, lo que daba a entender que estaban destruyendo el predio, en contravención a la ley 26.691, a la cual adhirió la provincia de Jujuy.

El 7 de diciembre de 2016 la fiscalía federal solicitó una medida de no innovar, que fue admitida por el entonces juez federal Miguel Medina, en carácter de interino. Posteriormente, la Dirección Nacional de Sitios de Memoria intervino e identificó seis sectores del edificio comprometidos con un futuro proyecto dirigido a crear un espacio de memoria. No obstante, el 12 de octubre de 2017, el juez Hansen facultó al Estado jujeño para que avance con las obras.

Tras esto se realizaron varios planteos que no lograron cambiar la postura del magistrado, quien el 1° de marzo pasado rechazó nuevamente las presentaciones de los querellantes, a la vez que autorizó que se retomen las obras.

Contra esa decisión, la fiscalía y las querellas acudieron a la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Salta, siempre con el pedido de que se dé intervención a la Dirección Nacional de Sitios y Espacios de Memoria en calidad de órgano de aplicación en el proyecto que la provincia lleva adelante, con el fin de garantizar así la “creación de un espacio de memoria”.

Sin embargo, esa petición fue rechazada, lo que llevó al fiscal Villalba a interponer un recurso de casación. “La resolución en crisis convalida la afectación del derecho a la verdad, la afectación de la garantía de no repetición y no asegura la reparación integral de las víctimas del Terrorismo de Estado, al autorizarse el avance de obras que implican la destrucción de un Sitio de Memoria”, recalcó.

Expuso, además, el incumplimiento de la ley nacional N° 26.691, de Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado. Resaltó que, básicamente, los denunciantes pretenden que “se respete la ley nacional en aras de la verdad y justicia” y que “debe armonizarse la ley en tal sentido”.

Pero Catalano, Elías y Castellanos entendieron que su resolución no tenía carácter de definitiva, por lo que no causaba un daño irreparable y no admitió la casación. Por ese motivo, el MPF acudió en queja a la Cámara de Casación, que finalmente habilitó el tratamiento de fondo del caso.