La jueza de Personas y Familia de Orán, Ana Maria Carriquiry, homologó el acuerdo arribado entre los representantes de personas afiliadas y la obra social IPSS (Instituto Provincial de la Salud de Salta) en el marco de un amparo presentado por usuarias y usuarias para contar con atención en esa misma ciudad. Con ese fin, la obra social y el Centro de Rehabilitación Caerus SAS acordaron la cobertura total de los tratamientos para la discapacidad y sus respectivos traslados.
El amparo se inició el 8 de septiembre pasado en una presentación de abogados de 26 personas afiliadas a la obra social provincial, la mayoría de ellos tutores de personas con discapacidad, que reclamaban que el IPSS cubriera los tratamientos en el Centro de Rehabilitación Caerus SAS.
El 13 de noviembre de 2023 se llevó a cabo una audiencia pública a la que asistieron las partes, adherentes y público en general. En ella la jueza dispuso suspender los plazos del proceso hasta el 28 de noviembre para permitir que las partes acercaran un acuerdo. Un día antes del vencimiento de ese plazo, el Instituto Provincial de Salud de Salta presentó un convenio de servicio, con sus anexus, arribado con con Caerus SAS, firmado por el representante legal del Centro de Rehabilitación, Rubén Ferreyra, y la presidenta del IPSS, Gladys del Socorro Sánchez.
El proceso siguió con más tratativas, hasta que el 27 de diciembre se llevó a cabo una nueva audiencia conciliatoria en el Juzgado de Personas y Familia 2 de Orán, a la que asistieron el apoderado y la apoderada de las personas que presentaron el amparo, Diego Marcelo Quintana y Luciana Torres Genes; las representantes de la obra social, Graciela Salazar y Mariana Celeste Figueroa; el asesor de Incapaces 2, Cristian Babicz, y la fiscal Civil, Comercial y del Trabajo, Marcela de los Ángeles Fernández.
En esa circunstancia, la jueza Carriquiry instó nuevamente a las partes a acordar lo que resulte más beneficioso para la totalidad de las personas e instituciones involucradas en el caso, teniendo en cuenta “la particular situación que atraviesa al país y nos involucra a todos”.
Se informó que de esta manera se llegó a acordar la prestación en estos términos: la magistrada homologó el acuerdo que implica que la obra social reconozca el 100 por ciento de los tratamientos médicos de rehabilitación y transporte, cualquiera fuera el tipo y grado de discapacidad, por el tiempo y las etapas que cada caso requiera conforme a la discapacidad padecida.
En cuanto al traslado, la obra social reconocerá las prestaciones por la vía del reintegro, contra presentación de facturas legales, y con la debida auditoría. Esta modalidad será hasta tanto el IPSS cuente con un convenio con una entidad prestadora de ese servicio como ya existe en otras localidades.
Se aceptaron los términos del convenio de servicio que se firmaron en diversos anexos entre la obra social y el Centro Caerus.
También se acordó que habrá un reconocimiento retroactivo a las prestaciones supuestamente brindadas antes de la firma del acuerdo, en la medida en que se acredite debidamente su existencia, constituyendo un reconocimiento de la obligación de pago de prestaciones realizadas.
En cuanto a las personas que se presentaron como adherentes al amparo que en su momento fueron más de 80 con domicilio en el departamento Orán, se indicó que podrán solicitar la cobertura de prestaciones con las respectivas prescripciones médicas a la obra social como lo hacen todas las personas afiliadas.