Los pequeños contribuyentes adheridos al régimen de monotributo de la AFIP tienen tiempo para completar la recategorización hasta el lunes 22 de enero. Las escalas –que se actualizaron con la llegada del nuevo año– pueden visualizarse en la web oficial de AFIP. Las cuotas mensuales aumentaron un 110,90 por ciento.
Los monotributistas tienen, desde el 1º de enero, nuevos límites de facturación en cada categoría y aumentos en los montos de las cuotas a pagar. Se trata de la primera actualización del gobierno de Javier Milei, que en este caso convalidó las escalas que habían sido anunciadas por la gestión anterior.
Monotributo: las escalas y las cuotas a partir de enero 2024
- Categoría A: tope anual de facturación de $2.108.288,22. La cuota queda en $12.128,39.
- Categoría B: tope anual de facturación de $3.133.941,71. La cuota queda en $13.571,75.
- Categoría C: tope anual de facturación de $4.387.518,35. La cuota queda en $15.241,42.
- Categoría D: tope anual de facturación de $5.449.094,70. La cuota queda en $19.066,46.
- Categoría E: tope anual de facturación de $6.416.528,89. La cuota queda en $24.526,43.
- Categorías F: tope anual de facturación de $8.020.661,11. La cuota queda en $29.223,11.
- Categoría G: tope anual de facturación de $9.624.793,31. La cuota queda en $33.439,61.
- Categoría H: tope anual de facturación de $11.916.410,77. La cuota queda en $56.402,68.
- Categoría I: tope anual de facturación de $13.337.213,57. La cuota queda en $81.121,96.
- Categoría J: tope anual de facturación de $15.285.088,45. La cuota queda en $93.619,47.
- Categoría K: tope anual de facturación de $16.957.969,16. La cuota queda en $106.964,65.
¿Cuándo hay que recategorizarse en el monotributo?
Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento, como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
La recategorización se realiza del 1 al 20 de enero (en este caso la fecha tope es el lunes 22 de enero) y en julio, siguiendo los pasos indicados en la guía “Recategorización de Monotributo” de la AFIP.
Si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. En tanto, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.