Mientras la Cámara de Diputados discute la Ley Ómnibus de Javier Milei, un juez federal de la provincia de Buenos Aires suspendió hoy los aumentos de las cuotas de las empresas de medicina prepagas autorizados por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23 del gobierno de Javier Milei, ante el reclamo de un afiliado

Se trata del juez Elpidio Portocarrero de Tezanos Pinto, en calidad de subrogante durante la feria en el juzgado federal en lo civil, comercial y contencioso administrativo de San Martín, quien ayer dictó otra cautelar suspendiendo la autorización por DNU para que los clubes pudieran convertirse en sociedades anónimas deportivas.

El fallo, que sólo tiene alcance para ese afiliado en particular, resolvió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando al Estado Nacional la suspensión de la aplicación de los artículos 267 y 269 del DNU”, y le ordena a la prestadora SIMECO -Servicios Consejo Salud- “readecuar las cuotas correspondientes al plan asistencial” de un afiliado, "dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del decreto".

"Ante el incremento mensual de las cuotas, no surge de las facturas acompañadas justificación o detalle de tal aumento que permite a la accionante tener mayor información al respecto y conocer el motivo que condujo al valor final comunicado”, sostuvo el juez. 

Y advirtió que “la tutela judicial que se solicita, implica poner en crisis la actuación del Estado Nacional, al derogar normas de protección al consumidor y usuario del sistema de medicina prepaga”.

“En consecuencia entiendo que la protección judicial debe abarcar específicamente la suspensión de los efectos de ese acto estatal”, es decir los aumentos de las cuotas autorizados por el DNU. 

El afiliado es un hombre de 78 años de edad, jubilado, quien denunció un incremento del 62% en su factura de febrero. Cobró en diciembre del año pasado 223.811,84 pesos de haber y en enero actual, 157.541,23.

La factura que recibió en enero (dos, en realidad, pues la segunda contempló un aumento adicional) trepó a $267.787. El afiliado a SIMECO “requiere de permanentes prestaciones de salud y seguimiento médico por haber sufrido un ACV en el año 2017 y problemas cardiacos, además de los padecimientos propios de la edad”, explica la sentencia.

Para el juez, “las circunstancias que rodean la condición de jubilado de quien requiere tutela judicial efectiva, sumado a la ausencia de afectación a un interés público, que la medida no producirá efectos jurídicos irreversibles, más la concurrencia de los demás requisitos, hacen suponer sin ambages la procedencia la suspensión del acto estatal en ciernes”.

Portocarrero de Tezanos Pinto cuestionó que “se han derogado las funciones de la Autoridad de Aplicación quien fiscalizaba el cumplimiento de las prestaciones del PMO, los contratos y planes”.

“Fundamentalmente en el artículo que debía fiscalizar y garantizar la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales; respecto del aumento de las cuotas la Autoridad de Aplicación debía autorizar el aumento ‘cuando el mismo este fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable calculo actuarial de riesgos’”, resumió.

Los otros de fallos contra el aumento de prepagas

A mediados de enero, poco después de que entrara en vigencia el DNU, la jueza Federal de San Martín, Martina Forns dictó una medida cautelar que dejaba sin efecto el aumento del 40% de la cuota del servicio de medicina prepaga de la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires a Marta Cristina Brauchli, una afiliada de 78 años que había presentado un amparo.

La jubilada había denunciado que la cuota mensual que le cobra la prepaga se incrementó en un 40% en enero, que luego había sido notificada de un nuevo aumento del 29% aplicable al mes de febrero. Informó, además, que sus haberes previsionales alcanzan a poco más de $320.000, por lo cual le resultó imposible afrontar el pago de las cuotas aumentadas.

Pocos días después, la Justicia Federal de San Martín hizo lugar a la medida cautelar de Luis Alberto Millet, un jubilado diabético para frenar el aumento de la prepaga Galeno Argentina S.A. Según el fallo, el demandante pasó de pagar una factura de $81.403,22 en diciembre a una de $151.405,23 en enero, "lo que significó un aumento mayor al 85% de un mes al otro, sin aviso alguno". Además, remarcó que recibió una notificación que decía "para el mes de febrero habría un aumento del 28,5%". 

"Durante el último mes, se aplicó un aumento que supera el 100%, siendo que conforme a las constancias adjuntadas sus haberes previsionales resultan por un total de $240.511,67, por lo cual le resulta imposible afrontar dicho pago", determinó la Justicia.

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