Un planteo de la provincia de Misiones contra el Estado Nacional por una disposición del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 llegó a la Corte Suprema, que intervendrá como instancia única por "competencia originaria".
Misiones demandó al Estado Nacional argumentando que como consecuencia del DNU "se encontraba en peligro la atención de la salud de miles de pequeños productores yerbateros misioneros puesto que dependen de la Obra Social brindada por el Estado Provincial a través del Instituto de Previsión Social". Es así a raíz de la aplicación de un convenio celebrado en abril de 2022 entre la provincia y el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).
La demanda de la provincia manifiesta que "para la ejecución y financiamiento de dicho Convenio, el INYM debe aportar fondos propios (...) Con las modificaciones introducidas por el DNU 70/23 al texto de la Ley 25.564 de creación del INYM, dichos fondos dejan de ser exclusivamente de propiedad del INYM y pasarán a la órbita del Estado Nacional", advirtió la provincia de Misiones.
La Cámara Federal de Posadas ratificó dos decisiones: la competencia originaria de la Corte y el rechazo a una medida cautelar que frenara, de momento, el artículo del DNU que modificó la situación de los fondos del Instituto de la Yerba Mate.
"La demandante es la Provincia de Misiones y la demandada el Estado Nacional Argentino. En consecuencia, a la parte actora le corresponde la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y la parte demandada tiene derecho al fuero federal", sostuvieron los camaristas Mario Boldu, Mirta Tyden y Ana Lía Cáceres de Mengoni. El tribunal consideró que "no se aprecia vulneración actual al derecho a la salud" y rechazó la medida cautelar.