El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) analizará los aumentos en las tarifas solicitados por las empresas distribuidoras y transportadoras de gas en la audiencia pública de enero, que van hasta el 704%, y comunicará en los próximos 30 días el nuevo cuadro tarifario, que regirán desde marzo, cuando comience la temporada de deceso de la temperatura.
Además, el organismo que conduce Carlos Alberto María Casares, se comprometió a estudiar "un índice de actualización mensual", que se elaboraría con indicadores del Indec. Así se estableció hoy mediante la Resolución 52/2024 del Boletín Oficial.
Allí se precisó que "la aprobación de las tarifas transitorias que resulten de los análisis pertinentes en los términos de la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario, las Reglas Básicas de la Licencia de Transporte y Distribución, conforme el objeto de la Audiencia Pública N° 104, tendrá lugar dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos de publicada la presente".
Mientras que "la determinación de un índice de actualización mensual para las tarifas del servicio público de transporte de gas natural y del servicio público de distribución de gas por redes”, será “objeto de análisis adicionales, considerando las cuestiones sustantivas y adjetivas del mecanismo de readecuación".
Pero expresaron que determinar un nuevo índice de actualización mensual en las tarifas se demorará al menos tres meses ("90 días").
Durante la audiencia pública convocada por Enargas el mes pasado, el secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, propuso el establecimiento de un nuevo esquema de tarifas a partir de la quita del 33% del subsidio por mes durante tres meses: febrero, marzo y abril, hasta llegar a pagar el costo total.
De esta manera, explicó, los usuarios pasarán de pagar US$0,7 el millón de BTU a US$4 en tres meses. Sin embargo, no se precisó cuál será el precio final.
Había anticipado, además, que en abril se modificará el sistema de subsidios a la energía, por lo que habrá un impacto significativo en las clases medias. En base a una "canasta básica energética" se aplicará el esquema de subsidios de acuerdo a los ingresos de la "pareja conviviente" y no solo de la persona registrada como usuario en la empresa distribuidora.
La "canasta básica energética" se traducirá en un paquete de kilovatios/hora por mes, respetando las distintas zonas climáticas del país, y sobre ello se aplicará "un subsidio diferencial, cuando el precio de la canasta básica supere un porcentaje determinado de los ingresos totales del grupo conviviente".
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