El fallo de los jueces Eduardo Belforte, Aldo Mario Alurralde y Juan Manuel Iglesias señala que, de aplicarse la derogada ley 24.390, que computa doble el tiempo de cárcel pasado en prisión preventiva, implicaría "una suerte de conmutación de pena encubierta".
"Tanto la acción de los hechos que se juzgan como el impulso de la acción penal fueron gestados fuera de la vigencia temporal de la norma en controversia, no correspondiendo su aplicación”, señaló el Tribunal en el fallo del pasado 17 de octubre y divulgado hoy.
Además, apunta que "los delitos de genocidio y de lesa humanidad contemplados en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con rango constitucional, no pueden ser objeto de amnistía, indulto o conmutación de pena, bajo sanción de nulidad absoluta e insanable del acto que lo disponga".
Los imputados a quienes se rechazó el pedido y, por lo tanto, el de cese de sus prisiones preventivas son Tadeo Betolli y Alberto Patetta, ambos ex oficiales de inteligencia del Ejército, y los ex policías de la Dirección de Investigaciones Ramón Esteban Mezza, ex comisario principal; Jose Francisco Rodríguez Valiente, ex subcomisario; los ex suboficiales Gabino Manader, Enzo Breard y José Marín y los ex agentes Albino Borda y Jorge Ibarra.
Los integrantes del Tribunal se pronunciaron en consonancia con el dictamen previo de los fiscales Carlos Amad, Patricio Sabadini, Horacio Rodríguez y Diego Vigay, integrantes de la Unidad Fiscal de Derechos Humanos, informó el sitio fiscales.gob.ar.