En el marco de la licuación de ingresos que lleva adelante el Gobierno, el ministro de Economía, Luis Caputo, confirmó que en marzo va a pagarse el bono de la ANSES para jubilados y pensionados. Ese adicional subirá en la misma proporción que las jubilaciones -un 27,18%-, por lo que pasará de $55.000 a $70.000.
Así, el haber mínimo queda, a partir de marzo y durante los próximos tres meses, en $134.446, pero sumado a esta asignación extra alcanza los casi $205.000. Para cobrar el bono no es necesario hacer ningún trámite. El monto correspondiente va a ser acreditado en la cuenta bancaria del beneficiario junto con sus haberes mensuales.
Quiénes cobran el bono de $70.000 para jubilados y pensionados
“El bono será para todos los que cobran menos de lo que da la mínima más el bono. Hasta $205.000 pesos”, aclaró Caputo en sus anuncios.
Por lo tanto, se mantiene el esquema que se venía utilizando en el gobierno anterior: los jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo, reciben el extra de $70.000, y quienes cobren entre el piso mínimo y los $205.000 pesos, reciben la suma necesaria para completar los $205.000.
Por ejemplo, si un jubilado percibe $175.000, la suma extra cada mes es de $30.000. En tanto, aquellos beneficiarios previsionales cuyos haberes queden por encima de los $205.000 con el último incremento, no perciben el extra de ANSES anunciado por Caputo.
Calendario de pagos marzo 2024: cuándo cobro la jubilación
Las fechas de cobro de jubilaciones y Pensiones no Contributivas (PnC) varían de acuerdo al número de terminación del documento nacional de identidad (DNI) del beneficiario. En todos los casos, el bono extra se cobra junto con el haber mensual.
Fechas de cobro de jubilaciones mínimas en marzo
- Documentos terminados en 0: a partir del 8 de marzo.
- Documentos terminados en 1: a partir del 11 de marzo.
- Documentos terminados en 2: a partir del 12 de marzo.
- Documentos terminados en 3: a partir del 13 de marzo.
- Documentos terminados en 4: a partir del 14 de marzo.
- Documentos terminados en 5: a partir del 15 de marzo.
- Documentos terminados en 6: a partir del 15 de marzo.
- Documentos terminados en 7: a partir del 18 de marzo.
- Documentos terminados en 8: a partir del 19 de marzo.
- Documentos terminados en 9: a partir del 20 de marzo.
Jubilaciones que superan el haber mínimo
- Documentos terminados en 0 y 1: a partir del 21 de marzo.
- Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 22 de marzo.
- Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 25 de marzo.
- Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 26 de marzo.
- Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 27 de marzo.
Pensiones no Contributivas
- Documentos terminados en 0 y 1: a partir del 1 de marzo.
- Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 4 de marzo.
- Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 5 de marzo.
- Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 6 de marzo.
- Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 7 de marzo.