La Justicia porteña declaró la nulidad del Distrito del Vino (DV) que ocupa partes de Villa Devoto, Villa del Parque y La Paternal con beneficios impositivos para empresas vitivinícolas que se instalen en la zona. El juez de primera instancia Guillermo Scheibler hizo lugar al planteo de las organizaciones vecinales al considerar que la aprobación del distrito, creado por ley en 2021, debió haber cumplido con el procedimiento de doble lectura con audiencia pública por su impacto en materia ambiental y en los regímenes impositivos porteños. Los vecinos y vecinas denuncian que la creación del distrito generó un desmedido avance comercial de empresas del rubro en las zonas residenciales de los barrios.
"Declarar la nulidad de la Ley N°6447, conforme lo dispuesto por el Artículo N°90, último párrafo de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", escribió Scheibler en su resolución de 19 páginas en la que hizo lugar a la acción de amparo presentada a mediados de 2022 por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) y la Asamblea de Residentes del Distrito del Vino. En su fallo, el titular del Juzgado N°13 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad se apoyó principalmente en el incumplimiento del artículo de la Constitución porteña que regula el procedimiento de doble lectura de la Legislatura.
El juez justificó su decisión en base a dos ejes: el ambiental y el impositivo. En el primer sentido, señaló que la ley del DV tiene el objetivo de "fomentar la localización de determinado tipo de actividades en el polígono por ella delimitado, lo que potencialmente impacta en la fisonomía e identidad de los barrios afectados e implica por lo tanto materia ambiental". Scheibler se apoyó en ese punto en el Artículo N°27 de la Constitución, que clasifica como "materia ambiental", entre otros puntos, a la "regulación de los usos del suelo, la localización de las actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de todo espacio urbano".
En cuanto a lo impositivo, el juez rechazó el planteo del Gobierno porteño que, en su respuesta a la acción de amparo, había argumentado que los beneficios previstos por la ley del DV no constituyen una "excepción" a los regímenes porteños. "No puede pasarse por alto que permitir a un grupo de personas (físicas o jurídicas) imputar como pago a cuenta una inversión realizada para una actividad determinada, y en una localización determinada, constituye una situación excepcional y de privilegio que difiere del régimen general establecido para el común de los contribuyentes", advirtió el magistrado en su resolución, en la que subrayó que los dos ejes, el ambiental y el impositivo, imponían que la Legislatura realizara la audiencia pública antes de la aprobación de la ley.
“El DV es un eufemismo para denominar un mecanismo mediante el cual la Ciudad le devuelve entre el 50 y el 75 por ciento de su inversión a aquellos empresarios/as que inviertan en la instalación de explotaciones comerciales relacionadas con el vino, a través de créditos impositivos", alertó, tras el fallo, el titular del ODC, Jonatan Baldiviezo, abogado patrocinante del amparo que derivó en la decisión de Scheibler. Baldiviezo agregó que, con el DV, "la población porteña prácticamente le regala estos recursos a privados".
Las agrupaciones vecinales que participan del proceso judicial también se refirieron a la noticia y celebraron la decisión del juez. Desde Conciencia Urbana Comuna N°11, por ejemplo, sostuvieron que "luego de muchos meses de lucha logramos lo que todos los vecinos y vecinas sabíamos desde el inicio: la ley del DV es inconstitucional y la Justicia así lo determino". El Grupo Devoto Unido, por su parte, calificó a la novedad como un "triunfo" y reclamó "que el negocio político no pase por arriba de la calidad de vida de los residentes".
El DV es uno de los siete "distritos económicos" que desde 2008 se fueron aprobando en la Ciudad. Los distritos prevén distintos beneficios impositivos para empresas de rubros específicos que se instalen en los polígonos determinados por las leyes de creación. En el caso del DV, la ley original aprobada en única lectura en septiembre de 2021 establece beneficios para los desarrollos "destinados exclusivamente a la realización de actividades relacionadas a la industria vitivinícola" que se instalen en Villa Devoto, un sector de Villa del Parque y una pequeña parte de La Paternal.
Se trata de empresas de distribución, bodegas, vinotecas o cavas, museos y exposiciones relacionadas al vino, centros de enseñanza, formación y capacitación sobre el vino, administración de empresas vitivinícolas, y comercialización mayorista y minorista. La norma establece que esas empresas podrán computar "como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos un porcentaje del monto invertido". Ese porcentaje es del 70 por ciento para las quince primeras empresas que se instalaron en la zona, y del 50 por ciento para las restantes.
En diciembre del año pasado, en tanto, la Legislatura aprobó una modificación de la ley original para dejar afuera del polígono afectado a una parte de la zona residencial de Villa Devoto. En contrapartida, el polígono se amplió hacia otros sectores del mismo Devoto, Villa del Parque y La Paternal. Esa modificación, además, extendió hasta enero de 2026 el plazo para que las empresas puedan presentar sus proyectos de inversión.