Eduardo Alfonso, el exsecretario general del Ejército condenado a perpetua por crímenes de lesa humanidad, está cerca de volver a la cárcel. La Corte Suprema, en su último acuerdo, dejó sin efecto el fallo que le había concedido el arresto domiciliario al militar retirado que estuvo prófugo durante más de cuatro años.
Beatriz Recchia y Antonio Domingo García vivían en una casa en Villa Adelina con su hijita de tres años, Juliana. Beatriz, además, estaba embarazada. El 12 de enero de 1977, la casa fue cercada por un operativo desplegado por el Ejército Argentino. Antonio fue asesinado. A Beatriz se la llevaron a Campo de Mayo, donde tuvo a su beba que fue apropiada. A Juliana la retuvieron una comisaría de la zona y después se la entregaron a su abuela.
Uno de los militares que participó del operativo fue Alfonso. En medio del tiroteo, recibió un disparo en la cadera, lo que derivó en que después fuera distinguido por sus superiores.
Alfonso siempre tuvo buena suerte en la justicia. En 2008, lo detuvieron pero, al año siguiente, la Cámara Federal de San Martín lo sobreseyó. Cuando iban a volver a detenerlo porque la Cámara Federal de Casación Penal había dejado sin efecto el sobreseimiento, ya no lo encontraron. Se había enterado de que estaban por arrestarlo y se fugó. Entre 2012 y 2016 estuvo en Paraguay.
Poco después de que Mauricio Macri llegara al gobierno, Alfonso se quiso poner a derecho y se entregó a la justicia de San Martín. Su presentación se produjo –como marcó entonces este diario– un mes después de que el entonces ministro de Justicia Germán Garavano recibiera en sus oficinas a los representantes de Justicia y Concordia.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de San Martín juzgó en 2017 a Alfonso. Le dio una pena irrisoria: cuatro años de prisión. En el ínterin, fue excarcelado. La Sala II de la Casación –conformada, en ese momento, por Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Mariano Borinsky– anuló el fallo y le ordenó al tribunal dictar una nueva sentencia.
El "reenvío" se hizo durante 2020. Con una nueva conformación, el TOF 1 lo condenó a prisión perpetua pero también le concedió la prisión domiciliaria. Cuando llegó a Casación, la defensa de Alfonso recusó a Slokar. Tuvo suerte porque Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci corrieron a su colega, como pedía el represor, y confirmaron la domiciliaria.
El tema escaló hasta la Corte. Dos años y medio, los supremos dejaron sin efecto el fallo de Mahiques y Yacobucci. La decisión fue adoptada el jueves por Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Carlos Rosenkrantz –continuando con su línea de conducta en las causas de lesa humanidad– quedó en disidencia.
Los cortesanos se remitieron al dictamen que presentó el procurador interino Eduardo Casal. En ese momento, había dicho que el TOF no había ponderado más que el represor era mayor de 70 años, que padecía asma, que podría contraer Covid-19 en la cárcel y que el monitoreo electrónico supuestamente mitigaba el riesgo de una nueva fuga.
El Ministerio Público Fiscal, por el contrario, sostenía que no había un informe del Cuerpo Médico Forense (CMF) que dijera que las patologías de Alfonso no podían ser atendidas en un establecimiento penitenciario ni cuál era el riesgo concreto de contraer Covid. Además, para el fiscal, el peligro de fuga estaba incrementado porque Alfonso venía de recibir una sentencia a prisión perpetua.
“No advierto que en el caso existan razones humanitarias que justifican la concesión de la medida”, escribió el procurador interino. “Alfonso ya ha demostrado que cuenta con la capacidad suficiente para eludir la acción de la justicia, dado que se mantuvo prófugo durante cuatro años en Paraguay cuando la causa estaba en la etapa de instrucción”, agregó.
“Celebramos que la Corte haya dejado sin efecto el fallo que le concedía prisión domiciliaria al exsecretario general del Ejército Eduardo Alfonso, condenado por los crímenes cometidos contra la familia García-Recchia”, publicó Abuelas de Plaza de Mayo después de que trascendiera el fallo de los supremos. Esta semana, Juliana estuvo en la reunión de la comisión directiva de Abuelas con su hermana Bárbara, que restituyó su identidad en febrero de 2009.
La Corte viene sosteniendo una postura restrictiva frente a las domiciliarias, que representan la regla en los procesos de lesa humanidad. En diciembre pasado, dejó sin efecto el arresto en sus casas para los represores Lucio Nast y Julio Fermoselle, que habían sido beneficiados por la dupla Yacobucci-Mahiques.
Las estadísticas de la Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad (PCCH) demuestran que el 77 por ciento de los represores está en sus casas. Pese a eso, los abogados de los represores piden ser escuchados por la Casación para reclamar que todos sus defendidos salgan de las cárceles. El martes pasado, el tribunal respondió con un "téngase presente" a la solicitud de ser recibida que presentó la Asociación de Abogados Defensores de Derechos Humanos de Latinoamérica, una ONG que reúne a quienes patrocinan a los condenados o procesados por crímenes contra la humanidad. El grupo se conformó hacia finales de 2017, cuando quedó en claro que el 2x1 que la Corte le había concedido a Luis Muiña no se extendería al resto de los represores.