Cristina Fernández de Kirchner denunció que la supresión de la asignación que cobraba como ex presidenta es una forma más de la persecución política a la que está sometida. En un largo escrito ante el Ministerio de Desarrollo Social, CFK deja constancia que tiene el derecho de cobrar su asignación como ex presidenta –ya que lo fue durante ocho años– y también la asignación como viuda del ex presidente Néstor Kirchner. La anterior mandataria señaló los casos de Carlos Fayt, que cobró dos beneficios hasta su fallecimiento; la ex presidenta María Estela Martínez de Perón, que obtiene su jubilación como mandataria y la pensión militar por ser viuda de Juan Domingo Perón e incluso menciona el caso de Julio Cobos, que cobra asignación como ex vicepresidente y una pensión porque fue rector universitario. CFK denunció también que el expediente exhibe una serie de irregularidades: el dictamen de los abogados se incorporó al expediente el 30 de junio, pero la ministra Carolina Stanley sacó una resolución el 29 citando el informe, es decir que tuvo poderes premonitorios. Finalmente, entre el informe final de los abogados y la resolución adoptada por Stanley de supresión de la asignación pasaron, según el expediente, 13 minutos. “Es decir que la ministra –y tal vez el Presidente– habían tomado la decisión antes de que no cobre más la asignación como ex presidenta”.
Cristina, representada por el abogado de extracción radical Facundo Fernández Pastor, un especialista en temas administrativos, presentó un extenso escrito de 35 páginas ante la ministra Stanley, que fue la que anuló la pensión jubilatoria. En el texto, también denuncia al procurador del Tesoro, Carlos Balbin. La ex mandataria adelanta que de no reverse la decisión llevará el caso no sólo a la justicia argentina sino también a los organismos internacionales.
Lo que señala la ex presidenta es que ella tenía concedidos los dos beneficios porque ambos le correspondían. En el primer caso, como ex presidenta durante dos períodos, en ambas oportunidades elegida por el voto popular. Y también corresponde la asignación de Néstor Kirchner, igualmente elegido por voto popular, que como en muchos casos anteriores pasó a su viuda. Sorpresivamente, la ministra Stanley decidió investigar el caso de CFK –y ningún otro–, sometiendo el tema a sus propios abogados y no a quienes suelen estar a cargo del tema, la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales. Los abogados de Stanley concluyeron que había una incompatibilidad para cobrar las dos asignaciones vitalicias, algo que según el escrito de CFK no figura en ninguna norma ni ningún texto: de hecho, la ex presidenta cobraba los dos beneficios por resolución administrativa. Pero, además, era casi imposible que una ley previera la situación. Es que no hubo en toda la historia argentina dos presidentes, matrimonio entre sí, ambos elegidos sucesivamente por el voto popular. Isabel fue presidenta, pero no por voto, sino porque era vicepresidenta cuando falleció Perón.
CFK menciona, entre otros, el caso de Isabel Perón. Ella cobra su asignación como ex presidenta y en su momento optó por no cobrar la asignación como viuda del ex presidente Juan Domingo Perón porque la pensión como militar era más alta. Pero, obviamente, hoy cobra ambos beneficios.
El fallecido juez de la Corte Carlos Fayt cobró hasta su muerte la pensión vitalicia que le correspondía como ministro del máximo tribunal y una pensión vitalicia porque en su momento obtuvo un premio a las ciencias. El caso era dudoso, pero se le permitió cobrar las dos pensiones. En el escrito también figura Julio Cobos, quien cobra una pensión vitalicia ligada con la docencia porque fue rector universitario y, además, la asignación como ex vicepresidente. Recibe ambas asignaciones, sin que se considerara ninguna incompatibilidad.
Cristina sostiene que además de que tiene derechos reales, contemplados por ley, el trámite en su contra fue “fraudulento”. Stanley, en cuya órbita están estas pensiones, sorpresivamente pidió dictamen a sus propios abogados y no a la Comisión Nacional de Pensiones. Y después se suceden los siguientes hechos:
- La ley indica que no se pueden revocar actos administrativos que otorgan derechos: lo tiene que hacer un juez.
- La ministra cita el día 29 de junio un informe de los abogados que fue incorporado a la causa el día 30.
- En el expediente aparece la resolución de Stanley en un folio anterior al folio del informe. En el medio se modifica el foliado y hay actuaciones que no tienen el registro electrónico.
- Un detalle de color: en la página 45 está el dictamen final de los abogados de Stanley, y según el registro electrónico de las actuaciones, el mismo fue registrado electrónicamente a las 19.24 del 1 de noviembre de 2016. La resolución que suspendió el cobro a CFK fue registrada electrónicamente el 1 de noviembre de 2016 a las 19.37 (pagina 49). Es decir, dice la presentación, que “la resolución que suspendió el cobro de la asignación a la ex presidenta fue suscripta luego de una cuidadosa, meditada, y analizada reflexión por parte de la Ministra, que insumió 13 minutos, incluyendo el tiempo que haya demorado el traslado del expediente desde el área jurídica hasta el despacho de la ministra y la lógica lectura que - indudablemente- de dicho dictamen llevó adelante la titular de la cartera de Desarrollo Social en forma previa a suscribir el acto”.
Con estos elementos, CFK quiso dejar en claro que el objetivo es la persecución política y cercarla económicamente.