El golpe de Estado encabezado por el general José Félix Uriburu contra el gobierno de Hipólito Yrigoyen marcó una nueva etapa en la política conocida cómo “década infame”, donde el liberalismo, el conservadurismo y el nacionalismo se amalgamaron en una extraña convivencia, utilizando el fraude electoral como método para mantenerse en el poder. Son también los años de construcción de la institucionalidad del Estado y de la aparición de normativas y de las primeras instituciones relacionadas con lo que hoy denominamos políticas públicas en cultura y en patrimonio.
Los edificios y los sitios que fueron escenarios de la historia legitimada, las colecciones artísticas y los monumentos procedentes del pasado, así como la historia almacenada en libros y documentos en bibliotecas, archivos y museos públicos, se constituyeron en instrumentos para la construcción de una historia oficial, liberal y europeizante y para que las/los ciudadanos tomen conciencia de su identidad como Nación y participen del culto de la misma.
Las políticas culturales inscriptas en este marco se consolidaron durante este periodo con la creación de instituciones dedicadas a la conservación y guarda de bienes en archivos, bibliotecas y museos históricos, tanto en Buenos Aires como en resto del país. Como ejemplo de ello podemos citar: en 1936 se funda el Museo y Biblioteca de la Casa del Acuerdo de San Nicolás, en 1938 el Museo Histórico Sarmiento de la ciudad de Buenos Aires, en 1939 el Museo Histórico Nacional del Cabildo de Buenos Aires y de la Revolución de Mayo, en 1940 el Museo Libres del Sur de la ciudad de Dolores, entre otros.
En 1935, a través de la Ley 11723, se conformó la Comisión Nacional de Cultura, siendo este el primer intento de centralizar la política pública en cultura a nivel nacional. En forma análoga, pocos años después y a partir de la promulgación del decreto del 28 de abril de 1938 y de la Ley 12665 de 1940, se creó la Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos. Institución gubernamental, colegiada al igual que la Comisión de Cultura, que asumió la función de identificación, declaratoria y tutela de los bienes monumentales en todo el territorio nacional. En 1938, a su vez, se fundó la Academia Nacional de Historia, de enorme influencia en este período. Por primera vez, se crearon estructuras de administración cultural nacionales de carácter centralizado que respondían a un modelo de Estado fuerte y a la reproducción de un orden donde los beneficiarios eran fundamentalmente los terratenientes, la burguesía comercial urbana y el capital trasnacional.
No obstante lo expuesto, con la aparición de los gobiernos populares, la línea de interpretación histórica fue confrontada y tensada por otras narrativas y corrientes historiográficas. Estos procesos fueron acompañados por planteos filosóficos y académicos más amplios que enriquecieron las narrativas unívocas desde las cuales fue pensado inicialmente el patrimonio.
La Ley 12665 es una norma que generó un organismo virtuoso que no ha sufrido alteraciones importantes en el tiempo y se ha mantenido vigente atravesando 85 años de historia de nuestro país. Una de las pocas modificaciones fue, en 2015, a través de la Ley 27103, por la cual la institución pasó a denominarse Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos (CNMLyBH), organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación. Esta nueva versión de la Ley incrementó las figuras de protección y cedió la responsabilidad sobre los museos a la Dirección Nacional de Museos; se consideró que de esta manera se ordenaban mejor las distintas incumbencias.
Algunas consideraciones que no son menores. La vieja ley de 1940 establecía la conformación de un cuerpo colegiado constituido por un presidente, un vicepresidente, un vocal secretario y 8 vocales, todos ad honorem, con una permanencia de 6 años en sus funciones. La actualización de la ley mantiene esta composición, deja librado al decreto reglamentario el carácter ad honorem de los miembros pero mantiene los seis años de mandato a pesar del acortamiento a cuatro del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, establecido en la reforma constitucional de 1994.
Al momento de discutir la modificación de la Ley se consideró que “al ser la Comisión Nacional un organismo técnico” era una virtud que la vigencia de los mandatos de los miembros no coincidiera con los tiempos políticos. Ello significa, a la luz del presente, despojar a la entidad de cualquier orientación partidaria, desde el momento en que, concluido el mandato presidencial de quien designó al cuerpo colegiado, éste perdura un bienio con la asunción del nuevo PEN.
De esta manera, se aseguró que la Comisión Nacional de Monumentos actúe en forma neutral y tenga por norte, únicamente, la preservación del patrimonio declarado y la declaración de los demás bienes que deban integrar el repertorio nacional. Durante toda su historia, se ha respetado el plazo de duración de este mandato, así como la modalidad de sucesión, al punto que, en varias ocasiones, por muerte, enfermedad o renuncia de quien ejercía la presidencia, el vicepresidente asumió como presidente hasta completar el lapso restante de los seis años. Solamente en 2002, cuando nuestro país atravesaba una de las crisis institucionales más graves de la democracia, se limitó el mandato de la totalidad de los funcionarios y funcionarias nacionales mediante el Decreto 25/02, el que fue completado por el Decreto 821/02 que, al ampliar la medida a los cargos ad honorem, incluyó a la Comisión Nacional.
Pero como queda de manifiesto, se trató de una circunstancia excepcional de interrupción de la normalidad institucional. Valga señalar el ejemplo más reciente: la Comisión Nacional presidida por la señora Teresa Anchorena fue designada en 2016 por el expresidente Mauricio Macri,y completó los seis años de mandato durante la presidencia de Alberto Fernandez, quien no pidió ni dispuso el cese anticipado de esos mandatos. Más aún, vencido el plazo de ley de seis años, se le prorrogó a la Presidenta el mandato por otros seis meses, demostrando una vez más que la permanencia de las autoridades de la Comisión no se vincula a alineamientos partidarios. Se trata de un organismo, técnico, asesor del PEN, cuya competencia se deriva de un mandato legislativo, encargado de velar por la integridad de todos los bienes declarados por la Ley 12665 y los que ampara el Decreto 1063/82.
Por estas razones y tal como lo ha manifestado por nota el Secretario de Cultura de la Nación, intentar limitar el mandato de la actual Comisión, presidida por la licenciada Mónica Capano y que me cuenta como vocal secretario, provocaría un grave daño institucional, dado que sería la primera vez en la historia del organismo, que en tiempos de normalidad institucional y transición regular de un gobierno a otro se intente vulnerar la norma. Sentando un precedente altamente disvalioso que podría generar una tradición equivoca: incumplir la Ley cada cuatro años al darse el cambio del color político del gobierno.
Si el Gobierno Nacional insiste con este despropósito, considero que la mejor manera de preservar la institución dentro de los marcos que impone el estado de derecho y la previsibilidad de los actos de gobierno, es trabajar en un proyecto de una nueva ley la que, junto con la reducción del mandato, que podría adecuarse a los cuatro años que hoy rigen para la cabeza del Poder Ejecutivo y para los miembros del Congreso Nacional, sería la oportunidad para incorporar los debates del nuevo paradigma del patrimonio, que extiende su alcance conceptual a los bienes materiales e inmateriales.
* El autor es arquitecto (FAU UNLP), Máster en gestión cultural (Universidad de Barcelona 2008). Se ha desempeñado como Director general de Cultura de La Plata (1998 - 2004); Director general de la Comisión de Cultura y de Patrimonio Cultural de la Legislatura porteña (2005 - 2009 y 2017 - 2019); Presidente de ICOMOS Argentina (2015- 2021). Docente en UNLP, UBA, UNTref, UDESA. Desde 2020 Director Provincial de Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires y desde 2022 vocal secretario de la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos. Autor de libros y artículos relacionados con su especialidad.