El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi procesó a 22 de los 31 manifestantes acusados por los incidentes ocurridos al término de la primera marcha por Santiago Maldonado, y fijó sobre cada uno de ellos embargos millonarios. El magistrado sostuvo que cometieron los delitos de intimidación pública y resistencia a la autoridad. El fallo se apoya en que algunos de los manifestantes están filmados tirando piedras; en este marco, el juez consideró insólitamente como agravantes que agitaran una bandera (“increpaba al personal policial y portaba una bandera negra que tomó con su mano derecha y colocó sobre un hombro”, señala de uno de los procesados), que se sumaran a los cantitos y puteadas contra la policía (“se observó a la imputada colgada de un vallado, con un cartel que rezaba “Quisiste apagar una voz y encendiste millones. Santiago dónde está”, al mismo tiempo que propinaba insultos), o que hayan forcejeado con la policía para evitar ser arrestados (como en el caso de dos periodistas que estaban transmitiendo en vivo).
Pablo Llonto, abogado de Micael Maggi, detalló el caso de su defendido: “El juez consideró que discutir con un policía –porque precisamente Maggi se estaba quejando de cómo tiraban gas pimienta– fue intimidación pública, con lo cual comete la barbaridad de no saber ni siquiera en qué consiste ese delito”.
Verónica Quinteros, defensora de Christian Vázquez, agregó que su representado, que trabaja en la zona donde ocurrieron los disturbios y fue detenido luego de salir de su lugar de empleo, fue procesado porque hay imagen que lo muestra parado detrás de una valla. En el fallo, Martínez de Giorgi remarcó que Vázquez “nunca dijo que había estado detrás del vallado”.
La abogada consideró “increíble” el razonamiento del juez. “Vázquez salió de trabajar, pasó por el lugar y vio cómo tiraron las vallas. No hay ninguna contradicción con lo que él declaró al ser indagado. Lo tuvieron dos días incomunicado, y lo que declaró es lo que se ve en las imágenes. ¿Cómo iba a ver que tiraban la valla si no estaba ahí?”, se preguntó.
Los incidentes ocurrieron el 1º de septiembre, finalizada una multitudinaria marcha para reclamar la aparición con vida de Santiago Maldonado. Los hechos que enumera el fallo como objeto de la investigación son “la quema de contenedores de residuos, pintadas de paredes, daños a edificios -algunos históricos-, rotura de vidrios de comercios, lanzamiento de piedras, bombas molotov, bombas de estruendo, botellas de vidrios, para infundir temor público, suscitar tumultos y/o generar desórdenes e incitar a la violencia colectiva contra las fuerzas de seguridad”.
Según el juez, los hechos comenzaron cuando “un grupo de manifestantes derribó el vallado que se encontraba en el sector más cercano a Casa Rosada, mientras lanzaban elementos contundentes, tales como botellas y piedras y además quemaban contenedores del Gobierno de la Ciudad. Estas personas también llevaban palos en sus manos y tenían sus rostros tapados con pañuelos y remeras”. “Como consecuencia de estos sucesos –reseñó–, resultaron lesionados catorce policías”.
Entre los elementos de prueba en consideración, Martínez de Giorgi tomó las declaraciones de los policías y las actas de detención –la mayoría denunciadas por los abogados defensores por contener datos no ajustados a la verdad, como la hora de detención cambiada, o registrar como lugar del arresto un sitio distante de donde realmente fue realizado.
El juez agregó al cuerpo probatorio los resultados de un análisis sobre las imágenes de los incidentes. Se trata de videos de canales de televisión, grabaciones de la policía y de cámaras de seguridad instaladas en la vía pública, por ejemplo de varios bancos. Así fueron identificados los imputados, según el auto de procesamiento. También incluyó un informe sobre los teléfonos celulares de los detenidos, en base al que el juez consideró que mintieron al declarar que no se conocían entre sí, porque algunos tenían llamados entrecruzados o los contactos de otros, lo que probaría que se conocían de antemano.
Los defensores recuerdan sobre este punto que cuando a los detenidos los subieron a los vehículos policiales, hubo efectivos que los conminaron a identificarse “si no querían ser los próximos desaparecidos”. Camino a la comisaría, algunos pudieron desatarse y usaron los celulares para llamar a sus familiares o intercambiar sus datos.
Los abogados anticiparon que presentarán las apelaciones en los próximos días. “En pocos casos el procesamiento señala hechos concretos. El juez dice ‘estaba con un pañuelo, subido a la valla’... en el caso del que aparece revoleando un cascote, tiene que explicar cómo se llega de eso a la intimidación pública: la intimidación se refiere a algo que se hace con la voluntad de generar temor en la población”, señaló María del Carmen Verdú. La abogada de Correpi representa a Ezequiel Medone y Juan Pablo Mourenza, dos periodistas de Antena Negra. “El juez insiste en que fueron detenidos en la Plaza de Mayo, cuando está filmada la detención en Avenida de Mayo y San José”, apuntó ayer.
Otro de los ejes de la defensa estará puesto en el hecho de que cuando fueron indagados, a los detenidos no se les mostró toda la prueba, por ejemplo las imágenes de video.
Los veintidós acusados continuarán en libertad, ya que los procesamientos fueron sin prisión preventiva. Sin embargo, a todos se les dictaron embargos por sumas que van de 1 a 3 millones de pesos, ya que un informe del Gobierno de la Ciudad calculó el costo de los grafittis y los incendios de los tachos de basura en casi cinco millones.
Para Llonto, el procesamiento “confirma que Martínez de Giorgi tenía en mente avanzar muy fuerte con el criterio represivo del gobierno. Eso ya estaba claro cuando mantuvo a los detenidos incomunicados por dos días. Esto de poner como agravante llevar banderas de color negro o tener literaturas anarquistas es un retroceso que lo pone a la altura de los jueces de la dictadura”.