Semana Santa, la festividad católica más importante del año, empieza el 24 de marzo con el Domingo de Ramos y culmina el 31 de marzo con la Pascua de Resurrección. Además, este 2024, Semana Santa se acopla con el feriado de 2 de abril, día de conmemoración a los caídos en la Guerra de Malvinas, mediante la introducción de un feriado puente el 1º de abril.
Para quienes no tengan que trabajar el Jueves Santo, que es una jornada no laborable, habrá seis días de descanso seguidos:
- 28 de marzo: Jueves Santo (no laborable).
- 29 de marzo: Viernes Santo (feriado).
- 30 de marzo: Sábado de Gloria (o Sábado Santo).
- 31 de marzo: Domingo de Resurrección (Domingo de Pascua).
- 1 de abril: feriado puente con fines turísticos.
- 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado).
La medida quedó oficializada el pasado viernes 29 de diciembre mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 106/2023. El texto llevó las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y del ministro del Interior, Guillermo Francos.
Qué es la Semana Santa y qué significa
La Semana Santa es la conmemoración a lo que se conoce como la “Pasión de Cristo”: la entrada a Jerusalén, la Última Cena, el Vía Crucis, y la muerte y resurrección de Jesús de Nazaret.
Comienza el Domingo de Ramos y finaliza el Domingo de Resurrección, que está marcado como el domingo posterior a la primera luna llena después del equinoccio de marzo, es decir, el comienzo del otoño, y calcula empleando la luna llena astronómica.
Por esto, siempre cae entre el 22 de marzo y el 25 de abril. Esta luna llena constituye además un fenómeno astronómico: la llamada "Luna rosa", o la primera luna llena después del equinoccio de otoño, desde que así la bautizaron los primeros americanos y fija la fecha para la Semana Santa católica.
¿Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?
La Ley 20.744 de Contrato de Trabajo establece que durante los feriados nacionales rigen las mismas normas que para el descanso dominical, siendo el trabajo una excepción a la que el trabajador no está obligado.
Por el contrario, la adhesión a un día no laborable está en manos de los empleadores, no es obligatoria ni debe pagarse un extra por tener actividad ese día.
En Argentina, los días no laborables están compuestos por las Pascuas Judías, el Jueves Santo, el Día de Acción por la Tolerancia y el Respeto entre los Pueblos, la Fiesta del Sacrificio, al Año Nuevo judío e islámico y el Día del Perdón.