Con la exposición de una de las querellas comenzaron ayer los alegatos en el juicio por 43 gendarmes que fallecieron en un siniestro vial el 14 de diciembre de 2015 cuando cumplían con una comisión de la ministra de Seguridad de la Nacion, Patricia Bullrich, durante el gobierno de Mauricio Macri.
El primero en alegar fue el abogado Mauricio Arriagada, que junto a la letrada Nuria Monserratt representa a 18 familias en actorías civiles.
Aunque Arriagada sostiene que hubo un homicidio simple por "estrago doloso", por decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Salta no puede hacer planteos distintos a la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal de "estrago culposo".
Los acusados son el encargado de la División Motorizada, el comandante Juan Carlos Germán, responsable de Logística; el comandante principal Juan Carlos Bordón, jefe de Personal; el comandante mayor Elio Rafael Méndez, jefe del Destacamento, y el comandante principal Ramón Antonio Maidana, segundo en el mando. También fue acusado el suboficial mayor Ricardo Ernesto Villasanti, pero falleció durante la última feria judicial, lo que provocó la extinción de la acusación penal, sin embargo, su abogado Pablo Del Pino sigue representándolo en el juicio porque prosigue la acción civil.
La acusación tanto de la fiscalía como de las querellas que sí están habilitadas para este planteo sostiene que los acusados tenían conocimiento previo del mal estado de la cubierta y no ordenaron el cambio.
Arriagada argumentó que los jefes del Destacamento Móvil 5 acusados, “realizaron maniobras para evitar las reparaciones de vehículos” y consideró que violentaron "el principio de garantía" de la vida de sus subordinados. También recordó que la Gendarmería Nacional es una fuerza “verticalizada", y “estos jefes procesados" crearon el riesgo de muerte y el resultado fue “la masacre colectiva de 43 personas”.
El siniestro vial en el que murieron los 43 gendarmes sucedió el 14 de diciembre de 2015 en la ruta nacional 34, a la altura del kilómetro 956, sobre el puente del arroyo Balboa, en la localidad de Rosario de la Frontera, unos 180 kilómetros al sur de la capital salteña. El reventón del neumático delantero derecho del colectivo Mercedes Benz que transportaba a 50 gendarmes provocó que el chofer perdiera el control y el vehículo impactara contra la rampa y se precipitara al fondo del arroyo, que estaba seco.
"Conocían, sabían el estado del colectivo" pero "es claro que existieron situaciones de ocultamiento para llevar a cabo las reparaciones”, siguió Arriagada respecto a las omisiones de los funcionarios. "Se siguió en esa conducta pese a que se iba a causar la muerte”, afirmó. “Nunca se puede interpretar que no se le tiene que realizar una revisión técnica obligatoria a los vehículos que circulan por las rutas argentinas”, planteó a propósito de que los testigos contaron que no se hacía antes del siniestro vial y ante ello recalcó que es una obligación por la ley de tránsito.
Arriagada mencionó a uno de los principales testigos de esta causa, Hugo De Oliveira, el cabo primero y chofer que se negó a conducir el colectivo antes de partir aquella noche del 13 de diciembre porque ya había advertido sobre las cubiertas malgastadas y no habían sido cambiadas. "De Oliveira dijo y señaló que no quiso declarar en sede administrativa (de la Gendarmería), que cada vez que intentaron darle asistencia psicológica era para sacar qué había declarado o qué no había declarado y lo dijo vulgarmente 'para cortar cabezas', e hizo referencia, y esto tiene que ver con la persecución que se realizó para que no se produzca este medio probatorio, pero hay que agradecer a la integridad como persona del cabo", dijo el abogado.
A continuación, el letrado contó que De Oliveira fue pasado a disponibilidad en diciembre de 2016 y, a retiro en marzo de 2017. "Hay que tener en cuenta que el procesado Maidana en su declaración indagatoria (...) el 15 de febrero de 2017, señala que no habló con De Oliveira sobre el accidente para no incomodarlo o para no afectarlo pero que sí se ocupó de hablar de otras cuestiones, como también se ocupó luego en un sumario administrativo por una situación de índole privada que él mismo ventiló era una cuestión familiar. Él lo sanciona con 22 días de arresto, o sea, potestad administrativa disciplinaria del procesado Maidana", afirmó el abogado.
Dijo que De Oliveira fue sancionado por afectar el decoro de la Gendarmería aquella vez y, en cambio, "Maidana se mantiene aún en funciones y está procesado, siendo juzgado en este proceso y parece que no ha afectado el decoro de la fuerza para sus superiores", cuestionó.
Además, Arriagada aseveró que en una auditoría contable los peritos, Julio Viviani, de la Policía Federal argentina, y Maximilano Aguado, de parte, dan cuenta de que hubo una “administración fraudulenta” y se incumplieron las leyes de presupuesto, licitación y contratación.
El abogado dijo que Maidana aportó un informe, con comprobantes, que fue analizado por Viviani "en cuanto a cómo se ejecutó el presupuesto para el mantenimiento de las unidades". Resaltó que en 2015, según informó la oficina de planificación presupuestaria del Destacamento Móvil 5, contaba con $61.128.879. Sin embargo, los gastos que se efectuaron "conforme a lo que informa el propio Maidana" fueron de $2.375.000. "Existe una diferencia que supera los 58 millones de pesos", recalcó. Asimismo, todos los comprobantes que aportó suman un total de $284.580. Incluso el letrado mencionó que algunos de esos comprobantes eran apócrifos además de que presentaban otras irregularidades.
"Además de haber masacrado a 43 gendarmes, administraron fraudulentamente", concluyó Arriagada. El querellante puso énfasis en que la ley de presupuesto establece que el dinero público asignado no es "opción de compra sino orden de gasto". "Se contaba con crédito disponible para la compra de neumáticos. Se contaba con dinero", insistió.
A pesar de que las 18 familias que representa Arriagada también son querellantes no pueden acusar formalmente porque no sostuvieron la acusación en el momento en que se tramitaba el requerimiento de elevación a juicio.
Arriagada explicó a Salta/12 que no presentó ese requerimiento "porque al momento de la elevación a juicio no estaba completa la instrucción. Faltaban medios probatorios importantísimos: la auditoría contable, y la ruta presupuestaria, que se completó recién en el Tribunal Oral Criminal Federal N° 2 de Salta". "El Tribunal nos restringe con una interpretación reduccionista no de la ley, sino de un jurisprudencia que no se aplica a nuestro caso por eso reservamos recurso de casación", manifestó.
El querellante aún no terminó de alegar, quedó pendiente lo que corresponde al "daño psicólogico" causado a familiares de las víctimas. Ese tramo continuará cuando el Tribunal termine de producir la prueba pertinente ya que se están realizando las entrevistas psicológicas. El viernes próximo seguirán los alegatos.