Pese a que el mega DNU del gobierno de Javier Milei derogó la Ley de Alquileres y estableció que los nuevos contratos se rigen por el Código Civil y Comercial y el acuerdo entre las partes, en el caso de los contratos vigentes firmados con anterioridad al decreto se deben respetar las condiciones hasta la fecha de su vencimiento.
Así, aquellos inquilinos que lo hayan firmado entre el 1° de julio de 2020 y el 17 de octubre de 2023, deben afrontar las subas calculadas en función del Índice de Contratos de Locación (ICL) que realiza el Banco Central (BCRA) sobre la base de la inflación y los salarios.
Para ellos, el aumento en abril 2024 -que según la norma debe ser anual– será de 196,7%. El incremento debe calcularse a través del ICL que publica el Banco Central, y que contempla la variación de la inflación (según el IPC del Indec) y los salarios, de acuerdo con la remuneración promedio de los trabajadores estables (RIPTE).
Así, por ejemplo, un alquiler de $100.000, pasará a tener un valor de $ 296.700 los próximos 12 meses, teniendo en cuenta que el ICL el 1° de abril de 2023 fue de 3,64 y el del 1º de abril de 2024 es de 10,80.
El índice se puede consultar en la web del Banco Central, ingresando en la pestaña “Estadísticas”, luego “Principales variables” y allí "ICL". Para aplicar el ajuste con base en el ICL, se debe utilizar una fórmula teniendo en cuenta el valor de dos fechas: la del inicio de la última actualización de valores y en la que se hará el aumento.
Primero se debe colocar la fecha en la que se concretó la última actualización, para saber cuál era el índice en ese momento, y en la que se hará el ajuste. Después, se debe tomar el precio actual del alquiler y dividirlo por el valor del primer índice.
Por último, se multiplica ese monto por el índice de la fecha en la que cambia la cifra del alquiler. El valor que arroje será el importe del alquiler que el inquilino deberá abonar durante todo el año.