"Protocolo General de Actuación de Registros Personales y Detención para Personas Pertenecientes al Colectivo L.G.B.T." Con este nombre, el ministerio de Seguridad oficializó, a través del Boletín Oficial, el modo en que las fuerzas del orden deberán actuar con lesbianas, gays, bisexuales y travestis. La normativa se publica a días de la próxima Marcha del Orgullo LGBT.
El protocolo de la cartera que conduce Patricia Bullrich determina que el registro de alguien identificado como parte del colectivo LGBT debe ser llevado a cabo “por personal femenino, quien actuará de conformidad con el modelo de Uso Racional de la Fuerza, de manera tal que se asegure la efectividad de la acción".
Además, se prevé que “en todos los casos, la prevención, el registro o la detención se realizarán resguardando la integridad física, respetando los derechos personalísimos, la identidad de género y la dignidad de la persona”. La comunidad LGBT se movilizará el sábado 18 de noviembre, en el marco de su tradicional marcha de todos los años en la que reivindica sus derechos.
El protocolo dice que "queda totalmente prohibido todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves”, tanto físicos como mentales, para obtener información sobre terceros o una confesión. La detención será “en una celda separada si entiende que existe un riesgo potencial para su integridad, dignidad otros derechos o si, al momento de informar su género, no se identifica con ninguno". Aunque aclara que la detención “sólo procederá de un modo excepcional y siempre que ella tenga prevista una pena privativa de libertad”, o sea, en base a las órdenes de un superior.
Según se dispuso, el protocolo “es de aplicación obligatoria para todo el personal perteneciente a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales" y se incorpora “como contenido obligatorio” en los cursos de formación de las fuerzas de seguridad.
Desde la Federación Argentina LGBT manifestaron su “profunda preocupación” por el instructivo. “Nos preguntamos si el momento en el que se publica en el boletín oficial este protocolo no tiene que ver con la proximidad de la XXVI Marcha del Orgullo en Buenos Aires -con la consigna ‘Basta de femicidios a travestis, transexuales y transgéneros. Basta de violencia institucional. Orgullo para defender los derechos conquistados’, y aquellas que se desarrollan en todo el país en el mes de noviembre”.
También añaden que “si las fuerzas de seguridad efectivamente respetaran y cumplieran las leyes vigentes y los derechos humanos -en general-, y la Ley de Identidad de Género -en particular-“, el protocolo “no tendría razón de existir”.
Además alertaron que el texto “tiene graves problemas en conceptos de derechos humanos en general y, específicamente, en temas de diversidad sexual”. Por ejemplo, cita un punto del Anexo. “’Queda totalmente prohibido todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión’. Cabe preguntarnos en este punto si ¿estarían habilitadxs para generar dolores y sufrimientos leves o moderados? Y si es así, ¿cuáles serían estos a diferencia de los otros?”
A lo que se suma que sólo se permita actuar a personal femenino de seguridad. “Esto expresa un profundo desconocimiento de la población LGBT y de la diversidad sexual en general. Es innecesario que una mujer haga una requisa a un hombre trans, bisexual o gay”.
El texto recuerda que ya había un protocolo de seguridad para el colectivo LGBT en 2011, antes de la ley de identidad de género, y cierra diciendo que “no queremos protocolos discriminatorios y/o que violen el reconocimiento de nuestras identidades, ni las leyes nacionales que hemos logrado como sociedad en todos estos años”.