El Reprocann no es “un registro de inscripción de productores de cannabis” como afirmó el vocero presidencial Manuel Adorni sino de “personas autorizadas al cultivo controlado con fines medicinales y/o terapéuticos”. Este programa, creado por resolución ministerial en 2021 en el marco de una ley nacional, se basa en la necesidad de miles de pacientes que reciben autorización para cultivar hasta nueve plantas hembra de cannabis. Puede hacerlo la persona interesada, puede designar a otra o una asociación civil sin fines de lucro. Como se ve, no son “productores” sino pacientes, que además deben presentar una indicación médica (para lo cual asistieron a consultas con especialistas en su patología a tratar).
El Ministerio de Salud es quien revisa y aprueba cada requisito, por lo que no hay novedad alguna en las palabras de Adorni cuando afirma que se “comenzaron a revisar los requisitos de inscripción” en el marco de una auditoria en dicha cartera. Salvo que lo que se quiera sea cambiar directamente los requisitos, consensuados y perfeccionados durante meses por la gestión anterior junto a un Consejo Honorario Consultivo constituido por organizaciones de la sociedad civil. Una de las claves del Reprocann fue mejorar la accesibilidad. Vale recordarlo.
Por otro lado, desde la vocería se agregó más confusión al denunciar: “Se detectó que en la gestión anterior se emitieron 90 mil solicitudes sin diagnósticos basados en evidencia científica”. El ministerio no emite solicitudes, las recibe, procesa y decide si las autoriza. Por lo tanto, no queda claro si Adorni se refiere a personas que iniciaron el trámite o quienes ya tienen autorización: un universo que comprende a alrededor de 300 mil personas. Está en juego el derecho a la salud de todas estas personas y otras que esperan su autorización, por lo que se agradecería más claridad y conocimiento del tema.
Emilio Ruchansky integra el Centro de Estudios de la Cultura Cannábica.