Ecuador dio luz verde a la extradición de ecuatorianos requeridos por otros países en el referéndum votado este domingo, con el cual el presidente Daniel Noboa impulsó reformas legales y constitucionales para endurecer su guerra contra el crimen organizado y la violencia narco.
Según el conteo rápido oficial, el Sí se impuso con el 65 por ciento de los votos válidos en la pregunta sobre modificar la Constitución de 2008, que establece que en ningún caso se concederá la extradición de nacionales.
Este es el segundo intento de un gobierno en un año por sacar adelante esta medida. En febrero de 2023, el exmandatario Guillermo Lasso (2021-2023) propuso una consulta similar que fue rechazada con un 52 por ciento de los sufragios.
Cuáles son los alcances de la extradición
- ¿Desde cuándo se aplicará?
Con el triunfo del Sí se modificarán la Constitución y la ley de extradición.
"Desde el día que se proclamen los resultados en el Registro Oficial, en Ecuador oficialmente habrá la extradición de ecuatorianos a suelo extranjero", aseguró el constitucionalista Ismael Quintana.
- Tipos de extradición
En Ecuador actualmente está vigente la extradición "activa". Es decir, que la justicia puede pedir la entrega de un nacional o extranjero a territorio ecuatoriano para ser procesado. Con la reforma aprobada se establece "la extradición de ecuatorianos a suelo extranjero, eso en el plano jurídico se llama extradición pasiva", explicó Quintana.
En adelante, un ecuatoriano que haya cometido un delito en otro país puede ser entregado en caso de ser requerido. La Constitución de 2008 prohíbe la extradición de connacionales y señala que su juzgamiento se sujetará a las leyes ecuatorianas.
"La extradición que plantea Noboa es una extradición completa", lo que significa que "por cualquier delito un ciudadano ecuatoriano podría ser extraditado", aunque convenios internacionales como los de Caracas y Montevideo "establecen ciertas excepciones", sostuvo el experto.
- Los límites
"No se concederá la extradición por delitos políticos y conexos, con la exclusión del terrorismo, los delitos contra la humanidad y otros establecidos en los convenios internacionales", precisa la enmienda autorizada en las urnas.
Quintana señaló que "la extradición tiene algunos límites" establecidos por tratados internacionales. "No se puede extraditar a alguien que va a ser juzgado para recibir o ser objeto de tratos inhumanos, crueles o penas degradantes", señaló el constitucionalista.
Las normativas internacionales excluyen extradiciones por razones de persecución política, delitos militares o de orden religioso.