El Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires dejó clara su postura ante el capítulo vinculado a la reforma laboral que plante la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos: “Inconstitucional”. La cartera comandada por Walter Correa desmenuzó el proyecto que mandó Javier Milei al Congreso y explicó que desprotege a los trabajadores, plantea reformas regresivas en materia de derecho e, incluso, atenta contra las indemnizaciones.

“Sólo por esos tres puntos debería ser considerada inconstitucional”, afirma a Buenos Aires/12 Luis Roa, asesor del Ministerio de Trabajo. Es profesor de Derecho Laboral en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y estudió los artículos constitucionales que, a su juicio, son violados por la ley ómnibus. Correa publicó el trabajo de Roa minutos después de emitir un comunicado conjunto con otros ministros de Trabajo provinciales que comparten la postura sobre la inconstitucionalidad.

Documento interprovincial

Con el título de “manifiesto”, y tras un nuevo Encuentro Federal por el Trabajo, el texto llevó la firma de Correa y sus pares de Formosa, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, La Pampa y La Rioja.

“Nos comprometemos, en ejercicio de nuestras respectivas competencias, a trabajar coordinadamente a fin de evitar la sanción de toda norma que indique un avasallamiento de los derechos sociales y laborales reseñados que redunde en la satisfacción de las necesidades del pueblo trabajador, objetivo primario de la actividad política y de la función pública”, tiene como conclusión el documento.

Recuerda, al igual que el informe de Roa, que varias de las medidas incorporadas en la ley ómnibus dentro de su Capítulo IV sobre el empleo público fueron tomadas del DNU N° 70/2023. A pocas semanas de su publicación, la Justicia suspendió temporalmente el capítulo laboral del mega decreto que sufrió varios embates judiciales que pusieron en duda su constitucionalidad.

Roa marca una premisa al momento de comenzar la charla con este diario: “Los derechos laborales no crean ni destruyen empleo, eso lo hace la economía”. Para sostener su hipótesis traza una comparación entre el gobierno de Carlos Menem y los 12 años de Néstor y Cristina Kirchner.

“Durante los años noventa hubo una fuerte flexibilización laboral, y eso terminó con un 22 por ciento de desocupación y un estallido social”, comienza su argumento el docente universitario. Y concluye: “Entre 2003 y 2015 se empezó con una desocupación galopante, se derogaron normas flexibilizadoras y hubo una fuerte baja del desempleo”.

De todas maneras, para Roa no hay una relación directa entre el fortalecimiento de los derechos laborales y un crecimiento del empleo. “Los derechos son mecanismos de protección que no impactan en profundidad, porque si la economía funciona, las PyMEs funcionan, que son las que dinamizan el empleo”, afirma el funcionario. Pero aclara: “El derecho laboral no puede ser nunca anti empresa”.

La lectura de Roa sobre el funcionamiento de las políticas económicas de un gobierno coincide con el último informe del Observatorio de Industrias PyMEs Argentinas (IPA). La entidad que preside Daniel Rosato remarcó que, a nivel nacional, se perdieron 16.870 puestos de trabajo entre noviembre del 2023 y marzo del 2024. “El empleo en las PyMEs cayó 1,4 por ciento”, señaló el texto.

“En marzo y abril cada vez más empresas están empezando a despedir personal, ante la perspectiva de que la crisis económica se extienda en el tiempo”, resaltó la entidad que preside Rosato, titular de una papelera ubicada en el Parque Industrial de Berazategui.

Los puntos inconstitucionales

Según el trabajo desarrollado por el laboralista, la nueva ley ómnibus que contaría con el apoyo de La Libertad Avanza, el PRO, un sector del radicalismo y escuetos apoyos que se definen peronistas, “promueve un sistema de cesantías masivas en el Estado nacional a través del régimen de disponibilidad, violando el derecho constitucional a la estabilidad del empleado público”.

En su artículo N° 52, la iniciativa de Milei pone bajo el nuevo régimen de disponibilidad a lo largo de un año a los trabajadores afectados por medidas de supresión de organismos, cargos y funciones, o reducción por reestructuración de áreas de la administración pública nacional. “Elimina la posibilidad de reubicación de los agentes públicos, como también los excluye de la prioridad cuando se produjeren vacantes en el Estado”, dice el texto.

El siguiente artículo habilita al gobierno a poner en disponibilidad a quienes estén bajo licencia por enfermedad o accidente, embarazo, matrimonio. También se habilita a mover geográficamente a los empleados sin su consentimiento, así como la eliminación de los mecanismos de control de los sindicatos en las carreras administrativas.

En lo que emula a un grupo de decreto-leyes de la dictadura que recientemente fueron derogados en la provincia de Buenos Aires, la ley ómnibus prohíbe el ejercicio de los derechos políticos, la libertad de conciencia y de expresión a los trabajadores públicos nacionales, durante el desarrollo de sus tareas.

 

 

Este conjunto de reformas es, para Roa, de carácter regresivo. “Esto es inconstitucional porque la reforma constitucional de 1994 establece que, en materia de derechos humanos, como lo es el trabajo, las reformas tienen que ser progresivas”, explica.

“Además, viola el artículo N° 16 de la Constitución Nacional porque la nueva ley ómnibus establece trabajadores con derechos y otros sin derechos, habla de trabajadores independientes y no reconoce una relación laboral, lo cual es inconstitucional por discriminatorio”, detalla Roa.

La referencia del asesor ministerial es por el artículo N° 93 de la ley ómnibus que crea la figura de trabajador independiente. A su vez, este actor podrá contratar hasta cinco trabajadores independientes sin que exista un vínculo laboral entre las partes. “Se crea un universo de excluidos de la protección laboral legalizando el fraude laboral”, resume el informe de Roa.

Otro de los puntos fuertemente criticados por Roa es el artículo N° 87. “Este proyecto dice que el empleador es quien registra trabajador, sin importar quien se apropie de mi fuerza trabajo, por lo que cualquier insolvente puede aparecer como responsable, sin importar si trabajás para para esa persona o no”, señala.

¿La consecuencia? “Legaliza el testaferro”, dice Roa.

Las indemnizaciones se llevaron otro segmento de atención en el análisis del asesor de Correa. El retroceso en materia de derecho se da porque, de sancionarse la nueva ley, deroga el incremento en las indemnizaciones por pago fuera de término. “Si el juicio tarda diez años no se actualizará”, indica Roa.

También se deroga la Ley N° 25.323 que repara al trabajador los daños por relaciones laborales clandestinas o deficientemente registradas. En lo que respecta a las derogaciones, se quita el artículo N° 9 de la Ley N° 25.013 que permite calificar “la temeridad y malicia” de los empleadores que no pagan las indemnizaciones por despido o que no cumplen los acuerdos laborales homologados.