El entuerto jurídico político que el DNU 70 de Javier Milei causó en el universo de los usuarios de prepagas suma un nuevo capítulo. Para la Cámara de Apelaciones de San Martín, a pesar de contar con luz verde de la Corte Suprema, los procesos que lleva adelante la jueza Martina Forns, no reúnen las condiciones para ser tramitados colectivamente.
La Cámara de Apelaciones de San Martín revocó la medida cautelar de la jueza que retrotrae los aumentos de cuotas del Hospital Italiano con alcance colectivo a todos los damnificados, al entender que no se cumplen los tres requisitos propios del derecho colectivo.
Estas son: la existencia de un hecho único o complejo que cause una lesión a múltiples derechos individuales, efectos comunes y que el interés individual considerado aisladamente no justifique la promoción de una demanda. Ahora la Cámara debe resolver la competencia de Forns, aunque también puede elevar la cuestión al tribunal superior.
Una parte sustancial de lo que ocurra con las cuotas se dirime en el Juzgado Civil Nro. 2 de San Martín, a cargo de Forns, quien tras recibir la demanda de una jubilada de apellido Brauchli, de 78 años, contra el Hospital Italiano, fue inscripta en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La situación de los jubilados con las prepagas es crítica ya que, de acuerdo con la ley vigente, no tienen libre opción. Si dejan de pagar su cobertura, quedan fuera del sistema, ya que ninguna empresa está obligada a aceptarlos en su cartera.
Semanas más tarde, ocurrió lo mismo con la causa denominada “Wilson”, impulsada por un jubilado contra Swiss Medical, en el Juzgado Nro. 3 de la ciudad de Buenos Aires, a cargo del Juan Stinco. Mientras que el objeto de la primera demanda mencionada era que se retrotraigan los aumentos y se fijen otros más accesibles, en la segunda se cuestiona directamente la validez del DNU que permitió los aumentos.
Ahora les corresponde a las respectivas Cámaras de Apelaciones definir la competencia de cada juzgado. Además de los dos mencionados, también se sustancian causas colectivas en Concepción del Uruguay, Entre Ríos, y en Córdoba.
Para los abogados consultados, que tramitan causas en San Martín, la idea que el ministro Luis Caputo anunció por la red social X, de resolver el entuerto con una resolución es ridícula: “ninguna resolución puede más que un DNU”. Sostienen que las acciones del Gobierno nacional, a través de la secretaría de Comercio y la Superintendencia de Servicios de Salud, tendientes a retrotraer el precio de las cuotas de la medicina prepaga, generaron una confusión mayor.
En horas de la tarde ordenó por esa misma vía administrativa retrotraer todas las cuotas a diciembre y estableció multas para quienes incumplan la medida, aunque estén amparados por el DNU.
Tras la decisión de la jueza Mercedes Maqueira, que se declaró incompetente frente al amparo de la Superintendencia de Servicios de Salud, y remitió el expediente junto con la causa “Wilson”, que reclama la nulidad del DNU, la incertidumbre sobre qué ocurrirá con las cuotas es total.
La doctora Valeria Carreras, una de las promotoras de las acciones colectivas, sostiene que “la única solución a este caos es la derogación del DNU, pero el gobierno no puede hacerlo porque implica reconocer su propio fracaso, por eso vemos un parche detrás de otro”.
A su vez, la abogada descree de los reintegros: “Una asociación de consumidores reclamó a Swiss Medical por cuotas mal cobradas en 2007. Obtuvieron sentencia en 2019. Los reintegros empezaron ahora”.
Libre albedrío
“En este momento, cada empresa factura lo que quiere y como quiere y el gobierno, diga lo que diga no puede intervenir porque desmanteló la secretaría de Comercio”, afirma Carreras.
Antes de conversar con Buenos Aires/12, la letrada participó de una audiencia virtual en el juzgado de Concepción del Uruguay donde tramitan varias demandas similares. Más de mil participantes saturaron el sistema hasta hacerlo caer.
“El Italiano no estaba en la lista de las intimadas por el gobierno y había anunciado por mail un aumento del 9,28 por ciento, pero finalmente no lo aplicó, tal vez por el clima de irritación general”, ejemplifica.
Otro caso que llama a atención de la letrada es el de OSDE, que sí estaba en la lista. "En la misma factura devuelve el 20 por ciento del aumento anterior, pero aplica uno nuevo de 10 por ciento, con lo cual termina reintegrando sólo el 10", dice. Y agrega: "Mucha gente no lee las facturas, otros lo intentan pero son muy confusas. Parece a propósito”.
Desde esa misma empresa confiaron que "las líneas del call center estallan, la gente quiere saber si le van a devolver su plata y todos los días cambia el guión". En simultáneo, enfrenta serios conflictos con sus prestadores, por intentar trasladarles a ellos la retracción.
Procesos colectivos
El titular de la Asociación de Derecho abogados de de Usuarios y Consumidores y del Instituto de Derecho del Consumidor del Colegio de Abogados de Lomas de Zamora, Osvaldo Bassano, difiere con lo actuado por la jueza de San Martín.
“La jueza recibió originalmente una acción individual y tras la aceptación de la corte, llama a otros demandantes a sumarse a una colectiva", advierte ante la consulta de este medio. "Los principios del derecho colectivo establecen otra cosa: que los reclamos deben ser homogéneos y que deben ser tantos los demandantes que se haga imposible la acción individual, porque tendríamos millones de juicios a la vez", agrega.
"La causa Brauchli es por una jubilada que no puede pagar, que no es necesariamente el caso de los demás damnificados”, explica Bassano que agrega que desde la Asociación de Defensa de los Derechos de los Usuarios y Consumidores (ADDUC) iniciaron diecisiete juicios colectivos: contra OSDE, Swiss Medical, Plan de Salud del Hospital Italiano, Omint, Galeno y otras. "Reclamamos la nulidad del DNU y el cumplimiento de la ley de defensa del consumidor, ese es el camino jurídico”, aseguró.